Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 15 de febrero de 2024

 

Jueves 15 de Febrero de 2024

La discriminación del español en la enseñanza catalana

La prensa da cuenta de las polémicas y luchas políticas en el Parlamento Europeo a cuenta del informe de la Comisión de ese parlamento que, sobre la discriminación del español en la enseñanza en Cataluña, ha preparado para su discusión y aprobación, tras una larga visita a esa región. El informe es claramente afirmativo y condenatorio de esa discriminación, según todas las noticias publicadas en prensa. (puede verse por todas la amplia crónica en www.theobjetive.com ).

El tema es trascendente porque es una obviedad que existe esa discriminación y que no se cumplen las diversas sentencias de los órganos judiciales que establecen unos mínimos que, como digo, no se producen en la enseñanza en español.

 Es un grave problema de discriminación del idioma oficial de España, que inútilmente afirma el art. 3.1 de la Constitución que todos los españoles tienen el deber de conocerlo y el derecho a usarlo. Pero, es igualmente un gravísimo problema de salud de nuestro sistema democrático y de nuestro Estado del Derecho que una gran parte de la sociedad española tenga puestas sus esperanzas de cumplimiento de la Constitución( por tanto, de garantía de la vigencia del principio de legalidad y de la seguridad jurídica, art. 9.3 de la Constitución), no en el Tribunal Constitucional, y en el acatamiento posterior de sus decisiones sobre el cumplimiento de la Constitución, sino en las instancias europeas, sean las judiciales o parlamentarias. El deterioro de la imagen del Tribunal Constitucional, por desgracia, está por activa y por pasiva cada vez más extendido en la sociedad española.

Valentín Cortés

miércoles, 14 de febrero de 2024

 

Miércoles 14 de Febrero de 2024

El Rey, el Sr. Bolaños y la amnistía

www.europapress.es , como el resto de la prensa, publica dos noticias de hoy que son, en sí mismas, una enorme, no tanto paradoja, como contradicción: el Rey manifiesta en la toma de posesión de los nuevos jueces, en una sede del Consejo General del Poder Judicial, y con toda solemnidad, que la independencia del Poder Judicial “es la esencia del Estado de Derecho”, en la que se tienen que mantener firmes los jueces, y que “todos han de preservar y respetar”. Por su parte, el Sr. Bolaños que, entre otras cosas, es Ministro de Justicia, no tiene inconveniente en afirmar que negocia con Junts “una amnistía que incluya a todos”, se entiende, los presuntamente delincuentes o simplemente delincuentes, según los casos, pero sólo los independentistas relacionados con la declaración de la independencia de Cataluña.

El Sr. Bolaños debe ser de los pocos juristas de este país que no encuentran a esa amnistía como un desastre constitucional, precisamente por eliminar, de derecho y de hecho, al Poder Judicial, todo para salvar meros y personales intereses políticos del Presidente del Gobierno.  Quizá le convenga a este Ministro no sólo escuchar al Rey, sino leer el libro que prestigiosos juristas españoles han publicado (vid. también la noticia en www.europapress.es) sobre el carácter claramente inconstitucional de la amnistía por muy diversos motivos que inciden, todos, en ese negar la independencia judicial, precisamente eliminando, para casos concretos y determinados, la actuación jurisdiccional.

Valentín Cortés

 

martes, 13 de febrero de 2024

 

Martes 13 de Febrero de 2023

Jurista de reconocido prestigio

Es de conocimiento general que determinados puestos de la Administración Pública exigen que el candidato, y posteriormente nombrado, sea un jurista de reconocido prestigio, además de tener una dilatada y experimentada vida de servicio público. Lo digo por el futuro nombramiento de la Sra. Calvo como Presidenta del Consejo de Estado.

Que yo recuerde la Sra. Calvo fue Consejera de Cultura del Gobierno de Andalucía hacia el año 1995 y durante, creo recordar, ocho años; después ha sido de forma continuada diputada a Cortes, Ministra de diversos ramos de la Administración, amén de  Vicepresidenta del Gobierno hasta hace pocos meses. Actualmente sigue siendo diputada. Es decir, una gran política.

En la vertiente jurídica, alcanzó el doctorado en Derecho, según información pública, en 1991 y fue Catedrática de Derecho Constitucional años más tarde.

Entiendo que este curriculum es ciertamente brillante en su vertiente política que, a todas luces, ha restado protagonismo a su carrera universitaria y a su condición de jurista. Entiéndase bien que no juzgo la valía profesional y científica de la Sra. Calvo, que además desconozco, sólo me pregunto si tan dilatada y temprana vertiente vital política ( piénsese que nació en 1957) no habrá restado prestigio reconocido a su vertiente vital de jurista, máxime si tenemos en cuenta que es la presidencia del Consejo de Estado la que se le encomendará, en el que el último letrado que allí ejerce su profesión, por el hecho de serlo, ya tiene reconocido ese prestigio jurídico y en donde la última presidenta designada ha visto su nombramiento anulado por el Tribunal Supremo precisamente por carecer del necesario reconocido prestigio jurídico.

Valentín Cortés

lunes, 12 de febrero de 2024

 

Lunes 12 de Febrero de 2024

 

Una querella difícilmente evitable

La prensa de hoy da cuenta del anuncio del PP de que interpondrá una querella por prevaricación contra el Fiscal General del Estado. Este delito, según el art. 404 del Código Penal, lo cometen los funcionarios públicos o autoridades que, a sabiendas de su injusticia, dictaren una resolución arbitraria en un asunto administrativo. El asunto a que se referirá, según la prensa, la querella es el nombramiento de la Sra. Delgado como Fiscal de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, cuando parece que es claro que no le corresponde y está fuera de cualquier consideración jurídica o legal. 

Evitar esta querella, u otra parecida, es un problema difícil de solventar para el Fiscal General porque el Tribunal Supremo ya ha declarado, en sentencia firme en via contencioso-administrativa, que ese nombramiento es nulo por ser un caso claro de desviación de poder, que se concreta en haberlo hecho (es decir, haber utilizado el Poder que le da su cargo) con fines distintos a los fijados e impuestos en el Ordenamiento Jurídico. La desviación de poder administrativa, por sus condiciones de conocimiento y voluntad ciertas e indubitadas en utilizar el Poder de forma inadecuada a los fines del Ordenamiento, normalmente queda englobada en la prevaricación, como conducta delictiva. Junto a ello, es lo cierto que la eficacia de la sentencia contenciosa administrativa, si bien no es la de cosa juzgada en el proceso penal, sí que  produce efectos jurídicos, al menos, de gran intensidad probatoria.

Valentín Cortés  

viernes, 9 de febrero de 2024

 

Viernes 9 de Febrero de 2024

La Comisión de Venecia: “la primera en la frente”

Según la prensa de esta mañana, todo indica que se ha confirmado el viejo dicho castellano de “la primera en la frente”, porque lo primero que la Comisión de Venecia ha preguntado a representantes del Gobierno es la razón por la que la amnistía se haya tramitado parlamentariamente como proposición de ley y no como proyecto de ley. Sabemos que, en el primer caso, entre otras cosas, no se requiere informe alguno de los Órganos consultivos del Estado (Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía, etc) y sí en el segundo.

No sé la respuesta del Gobierno, pero sí sé que a la Comisión no se le puede dar una respuesta que, en términos taurinos, sería algo así como una “larga cambiada”. Porque es difícil en un lenguaje serio, que es el que, me imagino, emplea la Comisión, que se pueda explicar y justificar no querer contar en esa tramitación con los informes asesores de órganos tan importantes como los que se han obviado, informes que sabemos serían desfavorables a la tramitación de tal tema legislativo. Y a esto hay que añadir que esa elección parlamentaria impone recortes en trámites que impiden un estudio sosegado y una discusión realmente parlamentaria, en su intensidad, de las ponencias que se puedan proponer y de las enmiendas que se hagan a las mismas. Así como será también difícil explicar que algo que está pensado para que grupos parlamentarios de la oposición presenten proyectos legislativos, sea usado en esta ocasión por un partido político que conforma el Gobierno.

 Ya hemos opinado en este blog que se trata de un mecanismo de fraude parlamentario, que este Gobierno y el anterior han aplicado con cierta frecuencia. Y, muy posiblemente, sea este el primer escalón que la Comisión suba para comprender el gran fraude y arbitrariedad que supone esta proposición de ley de amnistía.

Valentín Cortés

 

jueves, 8 de febrero de 2024

 

Jueves 8 de Febrero de 2024

La visita de la Comisión de Venecia es, además, un mal síntoma

No voy a ponderar en este momento la importancia que los informes de la Comisión de Venecia, que, como órgano dependiente del Consejo de Europa, tienen en las decisiones que puedan tomar las instancias judiciales, y no necesariamente judiciales, europeas. La prensa da cuenta de la visita que la Comisión hará de inmediato a España, para tratar el tema de la ley de amnistía, y de sus entrevistas con un amplio abanico de personalidades de la política y de la judicatura española.

Pues bien, el grave problema que tiene actualmente la sociedad española es que, desde el Gobierno se impide el funcionamiento normal de los  resortes y mecanismos internos, en  aplicación de  nuestra legislación y Constitución, para solucionar el grave problema constitucional y jurídico que consiste en el planteamiento sucesivo y metódico de modificaciones del Ordenamiento Jurídico, que se llevan a cabo  por el interés del Presidente de Gobierno, que  apoya el ejercicio de Poder en una persona y grupo político que han protagonizado y dirigido un golpe de Estado, con la comisión de distintos y graves delitos. Lo que normalmente solucionaría el Poder Judicial, mediante los procesos adecuados, se intenta, por todos los medios, evitar o condicionar, para de esa manera satisfacer la impunidad solicitada y pactada con el Sr. Puigdemont.

 De ahí la creciente influencia de las instancias europeas en la solución de problemas eminentemente nacionales. Ello demuestra y es síntoma, además, de  nuestra creciente y preocupante debilidad democrática.

Valentín Cortés

miércoles, 7 de febrero de 2024

 

Miércoles 7 de Febrero de 2024

Los fiscales y el Gobierno

La decisión tomada por la Junta de Fiscales del Tribunal Supremo de asumir la investigación contra el Sr. Puigdemont, como acto de terrorismo y la reacción inmediata del Gobierno (vid. todo en la prensa de hoy) señalando que el Ministerio Fiscal es de naturaleza jerárquica, que no depende, pues, de lo que pueda decidir un órgano consultivo como es la Junta de Fiscales, todo ello añade un plus no sólo de confusión, sino de gravedad jurídicas.

En concreto, a mí me parece que el Gobierno se equivoca con estas manifestaciones, pues añade inseguridad jurídica y dudas a cualquier decisión que al respecto y a la postre pueda tomar el Ministerio Fiscal, porque el problema no está en que el Ministerio Fiscal tenga o no carácter jerárquico (con lo que con ello se quiera insinuar), eso ya lo sabemos, sino en que nuestro Estado de Derecho requiere que, en su seno, funcione un Ministerio Fiscal que precisamente aporte esa seguridad, pues resulta que es estatutariamente( art. 1 de su Estatuto) defensor de la legalidad. Estas manifestaciones del Gobierno restan seguridad jurídica al Estado de Derecho. La seguridad jurídica no es una palabra mágica y aparatosa: es un principio que determina el modo de ser de nuestro Estado de Derecho, por eso en el art. 9.3 de la Constitución se dice que ésta garantiza la seguridad jurídica.

No veo que el Gobierno esté haciendo nada, en el tema de la amnistía, que asegure la seguridad jurídica como principio básico de nuestro orden constitucional. Este es un escalón más del deterioro constitucional que vengo denunciando en este blog.

Valentín Cortés