Jueves 20 de Enero de 2022
La Sra. Colau y el “código ético” de su partido
Toda la prensa recoge la noticia de la imputación de la Sra. Colau por
unos hechos que pueden calificarse como delitos de corrupción; pero,
curiosamente, destaca la prensa no tanto el hecho de la imputación como el de
que ella no cumple con el código ético de su partido que le obliga a dimitir, y
no está dispuesta a hacerlo.
Lo que hagan la Sra. Colau y su partido
en este tema me es indiferente, pero sí quiero poner el acento en manifestar
que tales “códigos éticos”, con tales mandatos, desde el punto de vista del Derecho,
me parecen, al menos, exagerados. La imputación, que en este caso es someter a juicio
a la Sra. Colau, al entender el juez que existen indicios racionales de
criminalidad en sus actos, de seguir el “código ético” implicaría dar a la
imputación una sanción que supone un desconocimiento, bien es verdad que no total,
de la presunción de inocencia que tiene la Sra. Colau, como la tienen
todos los imputados; piénsese que no son extraños los casos de sentencias
absolutorias que se dictan en los procesos penales.
Es la Política quien impone esos códigos
éticos y no el Derecho, que sólo, en casos muy excepcionales, dados por la naturaleza
del delito, impone la suspensión del cargo público ante la imputación judicial.
De ahí que no sea muy eficaz que la Política trate de adelantar al Derecho por
la via de la sanción: la Sra. Colau es un buen ejemplo.
Valentín Cortés