Martes 6 de Noviembre de 2018
Insisto,
de nuevo
Mientras que los Magistrados de la
Sala Tercera siguen discutiendo cuál será su doctrina en referencia al pago del
Impuesto de actos jurídicos documentados en las escrituras de préstamo o crédito
con hipoteca, la Ministra de Hacienda( www.expansion.com) plantea el tema del déficit que supondría
en las cuentas del Estado que se declararan efectos retroactivos a la doctrina
que se emane obligando del pago del impuesto a las entidades financieras.
No tengo que repetir, porque ya lo
he dicho varias veces en este blog, que, desde el punto de vista jurídico, es
una equivocación grave dar efectos
retroactivos a la nulidad de un reglamento, para eso está la Teoría General del Derecho. Lo expresó bien el Consejero
Delegado del Banco de Santander, y nos hicimos eco, de ello el pasado día 31 de
Octubre (los bancos, dijo, no tienen nada que devolver, pues nada cobraron,
actuando conforme a la norma y, por consiguiente, sin imponer ninguna cláusula
en ese sentido) y hoy lo explicita, en números, la Ministra. Porque no hay que
olvidar que esos efectos retroactivos a quienes afectarían sería a las Haciendas
autonómicas que deberían devolver, en su caso, en concepto de pago de lo
indebido, siendo altamente improbable que se pudiera arbitrar una fórmula jurídicamente
válida, para que los bancos asumieran, ahora, el pago de unos impuestos a los
que no estaban obligados en el momento de la realización del hecho imponible.
Al desastre jurídico se añadiría el desastre económico y la enorme inseguridad e
incerteza jurídicas que se originaria en el supuesto de que se declararan efectos
retroactivos de esa doctrina que, me temo, está preñada de ideología.
Valentín Cortés