Viernes 9 de Septiembre de 2016
Mi
posición( 2)
Estos meses de “singobierno” (que, por cierto, y de manera muy inteligente, me dice
mi hija, desde el extranjero lejano, que es mejor que el “desgobierno”) nos han descubierto que
tenemos un sistema constitucional y legal de elegir al Parlamento, para que a
su vez elija al Presidente del Gobierno, que permite bloquear tal elección. Es
decir, nuestro sistema legal y constitucional permite que la finalidad de las elecciones
generales no se alcance en determinados supuestos. Dado el sistema de plazos establecidos
para las elecciones generales, el periodo sin Gobierno (realmente, con funciones
muy limitadas) se alarga, letalmente, mucho más allá de lo que permite ser
socio de la Unión Europea y de lo que exige la protección de los intereses nacionales
y ciudadanos.
Ante esta situación, lo que tiene
que hacer el Estado es modificar el sistema constitucional y legal de elegir al
Presidente de Gobierno por elecciones generales; habrá que modificar, entre
otros, los arts. 68,69 y 99 de la Constitución, la Ley electoral y la Ley del Gobierno,
buscando un sistema menos proporcional y más mayoritario con circunscripciones más
pequeñas que la provincia, que no prime a los partidos que no tengan implantación
nacional; que acorte los plazos necesarios en las elecciones generales y que limite
mínimamente las competencias del Gobierno en funciones.
Esta es la reforma constitucional
realmente importante que hay que llevar a cabo, si queremos tener un sistema
legal que regule lo que se quiere regular, porque ley que no consigue, en ocasiones,
alcanzar el objetivo pretendido por el legislador (en nuestro caso, formación de
nuevo Gobierno) es una ley perversa, ineficaz e insuficiente.
¡No veo a los partidos políticos en esta línea!
¡No veo a los partidos políticos en esta línea!
Valentín Cortés