Miércoles 12 de Junio de 2024
Una ley muy desafortunada
La entrada en vigor de la Ley de Amnistía
ha confirmado cuanto veníamos diciendo en los meses anteriores; los tribunales,
sin esperar a las peticiones concretas de los posibles beneficiarios por la
ley, han dado plazo perentorio a las partes en esos procesos para que argumenten sobre la aplicación de la
ley al caso concreto, de donde se deduce, primero, que la aplicación de la
ley no es automática como en un primer momento defendía el propio Gobierno,
sino que depende de una decisión judicial que se tiene que tomar según Derecho
( en el que quedan englobados el Ordenamiento Jurídico, la Constitución y el Derecho
de la Unión); y, segundo, que esta decisión no se va a producir de
manera inmediata, pues después de oír a las partes se elevará la consulta al Tribunal
de Justicia de la Unión Europea sobre la adecuación de la Ley al Derecho de la Unión
y ya es posible aventurar que, en su caso, después se hará lo mismo con el
Tribunal Constitucional, sobre la adecuación a la Constitución.
Todo ello quiere decir que, a efectos prácticos,
la aplicación de la ley se suspenderá hasta dentro de muchos meses y, entonces,
las posibilidades de que se declare contraria al Derecho de la Unión o a la Constitución
no son, en absoluto, de despreciar.
Mientras tanto la Fiscalía de
Estado se someterá a una crisis jamás producida y los jueces y Tribunales serán
atacados y acusados de ir contra eso que llaman soberanía popular, pues ya
se dice hoy en algún sector de la prensa que la voluntad del legislador ha
quedado clara, obviando que en nuestra Constitución el legislador no puede
hacer lo que quiera, sin límites, y que ese control lo ejerce la Jurisdicción que
está sometida únicamente al imperio de la Ley ( art. 117).
Valentín Cortés