Jueves 22 de Octubre de 2020
Las cláusulas abusivas en los créditos bancarios
Ocasión habrá mañana de ocuparse de
la noticia de la retirada de la reforma de la legislación sobre la elección de
los vocales del Consejo General del Poder Judicial -que se recoge en la prensa de
esta tarde como una consecuencia, sin el menor sonrojo y sin comentario alguno,
del debate de censura, y la postura en el mismo que ha adoptado el PP-. Hoy
toca hablar de la banca.
La decisión del Tribunal Supremo
sobre el llamado Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH),
indicando que su imposición no es abusiva, creo que es un punto de inflexión en
la tendencia de los últimos tiempos de intentar conseguir interponer importantísimas
demandas colectivas que han puesto al sistema bancario español al borde del
caos y desaparición. Lo que ha declarado el Tribunal Supremo es que una cosa es
la cláusula abusiva (¡que nunca lo puede ser si es legal!) y otra cosa
es la falta de transparencia, que es un concepto concreto en el tiempo,
en el modo y en los sujetos, lo que exige pocesalmente no una declaración global
y universal, sino una declaración personalizada y, por consiguiente, las pruebas
de hechos concretos y significativos. En este campo es más difícil que jueguen
los despachos de abogados que se dedican normalmente a estas demandas, con
propaganda persistente en medios de comunicación. De modo que vaticino que la
guerra procesal contra la banca, con ocasión del sistema hipotecario, ha terminado.
Lo que no impedirá que aquel que haya sido engañado o no informado reciba la compensación
correspondiente al injusto sufrido.
Valentín Cortés