Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 16 de junio de 2026

 

Martes 16 de Junio de 2026

Las medidas cautelares en los casos del Sr. Zapatero y Sra. Gómez

El ciudadano español se levanta todos los días con un tema nuevo de Derecho Procesal que debe comprender para entender, en su justo sentido, las noticias que continuamente nos llegan desde los tribunales y que afectan a personas próximas al Poder Ejecutivo. En estos últimos días el concepto “rey” en este carrusel es el de medida cautelar, de modo que los medios de comunicación aventuran medidas cautelares de todo tipo para el Sr. Zapatero y para la Sra. Gómez y, en base a las que se dicten, opinarán acertadamente según sea su grado de “conocimiento” del sistema procesal.

Pues bien, en líneas muy generales podemos decir que la medida cautelar penal no es una anticipación de la sentencia, pues su función no es castigar o condenar, sino posibilitar que, en su caso, si hay condena, ésta pueda ejecutarse normalmente y, en cualquier caso, que el proceso se pueda celebrar sin “obstáculos” provocados por los acusados ( desde la instrucción a la sentencia), siendo lo más importante, pues, la permanente puesta a disposición del tribunal en todo momento de las personas investigadas o acusadas ( arts. 503 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Por tanto, restringir la libertad o los derechos inherentes a ella (prisión provisional, libertad con fianza, entrega de pasaporte, presentación ante la autoridad judicial en días determinados, etc.), como medida cautelar, no sólo dependerá de la gravedad del delito y de su trascendencia pública, sino fundamentalmente del riesgo de fuga, del de ocultación, alteración o destrucción de pruebas o de comisión de nuevos hechos delictivos. Por tanto, la condición personal del investigado o acusado tiene una gran trascendencia, como la tienen las circunstancias que rodean la actividad de éste. Es desde este prisma de donde hay que analizar las decisiones que tomen los jueces en los próximos días.

Valentín Cortés