Jueves 4 de Marzo de 2021
La inmunidad parlamentaria
La política extrema que desarrolla
Podemos hace que, o bien salten muchas
de las costuras de nuestro ordenamiento constitucional ( lo vemos en el tema de
la renovación de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, por
ejemplo), o que haya que replantearse la jurisprudencia de nuestros Tribunales partiendo
de una realidad que se puede constatar: la falta sintomática, cada vez más fuerte,
de lealtad constitucional, en la que una de sus vertientes es que el
constituyente legisló partiendo de la base de que las autoridades políticas no violarían
la Constitución, sino que la harían guardar y la guardarían ellos mismos, según
juran o prometen al ser parlamentarios( lo vemos, por ejemplo, cuando un partido
de Gobierno, o uno de sus máximos dirigentes, alientan el desorden público, y
es obvio que constitucionalmente no cabe
que el Gobierno promueva el desorden público, ni que un diputado lo haga).
Lo digo al hilo de la noticia -que
está esta mañana en todos los medios- de que la Fiscalía del Tribunal Supremo
ha abierto diligencias de investigación criminal al Sr. Echenique a cuenta de
su tuit alentando las acciones violentas de los manifestantes no autorizados
en protestas por la prisión del rapero Hasel.
Son, pues, manifestaciones de un diputado,
del partido del Gobierno, máximo dirigente de mismo, vertidas fuera del ámbito parlamentario,
que tanto la Fiscalía, como, en su caso, posteriormente, el Tribunal Supremo, deben
analizar desde la perspectiva de que, hoy día, ya no es una constante que un
diputado, cuando habla, lo hace siempre defendiendo constitucionalmente
su ideario político, pues pueden darse casos de que violente con sus
declaraciones la Constitución, que ni guarda ni hace guardar.
Valentín Cortés