Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 3 de octubre de 2024

 

Jueves 3 de Octubre de 2024

El Sr. Comín y la jura de la Constitución

Leo en  www.europapress.es que el político catalán fugado Sr. Comín, que necesita jurar la Constitución Española, naturalmente ante la Junta Electoral Central, para poder tomar posesión de su acta de eurodiputado, ha pedido se alce la orden de su detención que está activa en España. Es decir, mas o menos, se levanta la orden, voy a España, juro o prometo, me voy de España y no hay inconveniente que se vuelva a dar la orden de detención. Lo pretende ante el Tribunal Constitucional solicitándolo, como medida cautelar, en el recurso de amparo por la no aplicación por TS de la Ley de amnistía en su caso. Realmente un juego pueril, pero algo más.

En efecto, estos políticos independentistas catalanes están tan imbuidos e impregnados de fraude legal y constitucional que han creído que la situación actual que tiene el eurodiputado, y que también ha gozado anteriormente con el Sr. Puigdemont, se iba a eternizar; porque, en definitiva, lo que se estaba y se sigue haciendo es burlar y violar normas jurídicas ( como la de ponerse a disposición de la Justicia, cuando alguien es requerido para ello) mediante  una acción formalmente democrática y legal ( como es la participación y éxito asegurado en unas elecciones),pero radical y sustancialmente ilegal cual es poner la “voluntad popular”, así expresada en unos miles de votos, por encima de la ley y de la Justicia. Exactamente igual que si esas personas que lo han votado hubieran ido al juzgado y hubieran forzado al Juez a ponerlo en libertad, pues se le “hizo” eurodiputado precisamente para que pudiera evadir la acción de la Justicia. Situación de fraude que se produce aún después de la vigencia de la ley de amnistía, que no le afecta. Pedir, en sus circunstancias, que el TC le otorgue, como medida cautelar, el levantamiento de la orden es poner al TC en el disparadero de la posible prevaricación.

Valentín Cortés