Miércoles 23 de Junio de 2021
El recibo de la electricidad
Confieso humilde y paladinamente
que nunca, en mi ya larga vida, había leído el llamado “recibo de la luz”. Pero
las llamadas telefónicas insistentes de distintas compañías de distribución de energía
eléctrica para que contrate más barato con ellas, el cansancio intelectual que
me han producido los indultos (en tiempos de Franco a los indultos que concedía
periódicamente se les llamaba “insultos”) y las noticias constantes de una próxima
y generosa bajada de los impuestos en ese consumo, me ha llevado a leer mi
recibo de la luz.
Y así, he sabido de la existencia,
en mi opinión, de una enorme monstruosidad constitucional y jurídica, difícilmente
compatible con lo dispuesto en el art. 31.1 de la Constitución: pagamos el 21%
de IVA, sobre muchas cosas que se incluyen en el recibo, pero también sobre el
impuesto llamado de “electricidad”, que se nos cobra igualmente de acuerdo con el
coste del consumo de kWh y de la potencia contratada. Posiblemente por
ignorancia inexcusable desconocía que estábamos pagando IVA no por un servicio
o un consumo, sino por uno de los impuestos que pagamos, esta vez sí, en función
de nuestra capacidad económica, tal como ordena el art. citado de la Constitución.
Valentín Cortés