Viernes 18 de Diciembre de 2020
Una decisión adecuada del
Tribunal Supremo sobre la actividad delictiva en la gestión de la pandemia
La prensa de hoy recoge, desde
distintas ópticas, la decisión de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de no
admitir a tramite las denuncias o querellas presentadas contra aforados(
Gobierno) por la gestión de la pandemia, pero remitiendo al Juez Decano de los
de Instrucción las actuaciones para que se investiguen por los juzgados
correspondientes los hechos que se realizaron porque evidentemente tienen
apariencia de delito, aun cuando de momento no se pueda concretar la responsabilidad
de persona alguna y por consiguiente de ningún aforado.
Es una sabia, y doctrinalmente
impecable, decisión que no debe verse desde la óptica política, sino desde la jurídica
procesal. La gestión en materia de compras
de material sanitario, la llevada a cabo en los medios hospitalarios en lo que
se refiere a la protección del personal sanitario, o, por poner un ultimo caso,
la mortandad enorme en residencias de ancianos no merecen ni mucho menos un
cerrojazo instructorio penal, sino todo lo contrario: que se incida en la
investigación para concretar los responsables y, en el caso de aparecer y ser
estos aforados, se trasladen las actuaciones al Tribunal Supremo. No es, pues,
ni derrota del Gobierno ni menos victoria de éste: es sólo sentido común jurídico
procesal, ciertamente difícil de entender por los políticos
Valentin Cortés