Martes 19 de Enero de 2021
La Justicia en su sitio
Me refiero,claro,a la Jurisdicción ordinaria.
Esta mañana hemos sabido que el
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha admitido una medida cautelarísima,
pedida por un impugnante en recurso de anulación de la convocatoria de
elecciones en Cataluña, de tal manera que hasta que se resuelva el problema de fondo
(legalidad del aplazamiento), la fecha de las elecciones catalanas sigue siendo
el 14 de Febrero del presente año.
Aceptar una medida cautelar es
ciertamente un hito procesal para el que la pide, y más en los procesos contra la
Administración Pública; no significa otra cosa que el órgano judicial ha
apreciado, de una parte, una apariencia de buen derecho en quien pide, y
un peligro de que el retardo necesario para decidir el fondo del asunto, sin
tomar la medida, pueda frustrar la ejecución posterior favorable al demandante.
Ni más ni menos.
Pero sobre todo pone a la Administración
catalana, en concreto, al Presidente de la Generalidad catalana,en el brete jurídico
de explicar las razones que impiden celebrar las elecciones en el día primeramente
señalado. Y difícil lo tiene ese señor, pues basta leer la prensa y
declaraciones de unos y otros políticos para darse cuenta de que todo es una combinación
de intereses políticos que nada tiene que ver con el coronavirus. De modo que
estamos de enhorabuena, pues el Estado de Derecho ha funcionado, ¡al menos,
esta mañana y con esos efectos limitados!
Valentín Cortés