Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 25 de febrero de 2026

 

Miércoles 25 de Febrero de 2026

La “exposición razonada” de la Juez de la DANA en relación al Sr. Mazón

La prensa da cuenta de la “exposición razonada” que la Juez de la Dana ha enviado al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Valencia para que asuma la instrucción penal del caso por la implicación del Sr. Mazón (aforado por ser diputado en las Cortes regionales) a quien reprocha “inactividad negligente” que no evitó que mucha gente muriera en la riada. Esa exposición se llama “razonada” porque tiene que estar, pues, basada en datos razonados y razonables; porque, entre otras cosas, la instrucción penal tiene como fin determinar si, al menos, insisten indicios racionales de criminalidad en la actividad de alguien que permita enjuiciarla, y en su caso, condenarla por sentencia.

Basándome como siempre en lo que la prensa cuenta (sobre lo que opino desde el punto de vista jurídico), pienso que achacar la muerte de un número indefinido, pero grande, de personas por la inactividad, que se califica de negligente, de alguien entra más en el terreno de la fe o  de la opinión que en el de la razón, pues no sólo la indeterminación de los daños producidos por esa inactividad personal choca con la existencia de datos razonables, sino también la confluencia de multitud de factores objetivos y subjetivos que, en un fenómeno como la Dana, determinan que, en un momento dado, la riada  destroce la vida y los bienes de las personas. No es razonable afirmar que sólo esa inactividad es la causante de algunas o de todas las muertes, ni siquiera que las causó. Tengo, pues, la sensación que la Juez, que al parecer ha hecho una investigación unidireccional para determinar la responsabilidad, ha podido confundir la responsabilidad política (indudable) con la responsabilidad jurídica y en ésta no parece fijar, en sus razonables limites, la administrativa, la civil y la penal.

Pero, esperemos a lo que, ante esta exposición razonada, decide el Tribunal Superior.

Valentín Cortés