Lunes 21 de Enero de 2019
El
“paseíllo” de Ronaldo
La noticia de que Ronaldo (el
jugador de futbol) no podrá entrar en la Audiencia Provincial de Madrid (que lo
juzga por delito fiscal) por el aparcamiento, para así evitar su entrada por la
puerta donde estarán todos los periodistas, es publicada en todos los periódicos
con una afirmación tan expresiva como esta: “Ronaldo
no podrá evitar el paseíllo”.
No me parece lógico pensar que un personaje
tan sumamente público, como lo es el futbolista, pretenda ahora soslayar la publicidad allí donde, evidentemente,
no le interesa, como no me parece que pueda pretender que se haga una excepción
en su caso de lo que son las normas generales. No creo que sea el supuesto
planteado por el futbolista.
Yo entiendo que esa publicidad que exige la
sociedad se ofrece, guste o no, por la exigencia
legal de que todos los procesos deben ser públicos: “serán públicos todos los actos del proceso”, reza el art. 649, in
fine, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal; y que lo que se quiere evitar es el
escarnio que supone, de hecho y
siempre, el pasillo que se forma por periodistas y cámaras en las puertas de
los juzgados cuando entran en ellos los famosos que son procesados o juzgados.
Siendo así, lo que tienen que propiciar
los juzgados y tribunales es una correcta publicidad, al igual que tienen que
evitar cualquier acto que suponga un desdoro
de la dignidad de la persona por el hecho de ser juzgada. Es aquí donde se
falla estrepitosamente de continuo en los enjuiciamientos de los famosos, confundiendo
el derecho de informar con actuaciones indignas
con desdoro de las personas en este caso y en otros muchos más.
Valentín Cortés