Viernes 22 de Abril de 2016
¡Un gobierno de independientes!.
La idea es del Sr. Rivera, de
Ciudadanos; y se lanza tras, parece ser, el fracaso de los partidos por alcanzar
un acuerdo para la formación de un nuevo
Gobierno. No quiero que termine la semana en este Blog sin dar mi opinión jurídica
sobre este tema, partiendo de la obviedad que el problema no es de personas
sino de incompatibilidad de programas políticos.
No creo que exista en la Constitución
ningún problema formal, tampoco en la
Ley de Gobierno, para que los diputados puedan dar su confianza (art. 99) a la
persona que designe y proponga el Rey, en los términos de esa norma. Tampoco la
Ley de Gobierno (art. 11) exige como requisito formal que el propuesto por el
Rey, y por tanto votado en su caso por el Congreso, deba tener la
condición de Diputado o de Senador. Por tanto, desde el punto de vista formal,
constitucional y jurídicamente, no creo que haya ningún inconveniente para nombrar a un independiente
Presidente del Gobierno.
Sin embargo, esa acción chocaría
con el fondo del art. 6 de la Constitución que otorga a los partidos políticos la
expresión del pluralismo político y
los hace instrumentos fundamentales para
la participación política; como tampoco se compadece con lo dispuesto en el
art. 9.2 de aquella que obliga a todos los poderes públicos( también al
Congreso) a “facilitar la participación de
todos los ciudadanos en la vida política”, lo que no se logra con un gobierno
de independientes que ni ha sido votado, ni su programa ha sido contrastado en
elecciones generales. Ni, y es lo más grave, se podría decir en toda su
plenitud que la soberanía nacional reside
en el pueblo español (art. 1.2 Constitución), cuando entre el pueblo y los “instrumentos
del pluralismo político y “de la participación política”, se cuela un gobierno tecnócratas
e independiente.
Sería el primer paso para que por algún
sector empezara a cuestionar nuestro sistema democrático.
Valentín Cortés