Martes 21 de Enero de 2020
El inexorable camino de la
desjudicialización
Dice el Presidente de Gobierno (vid.
prensa de esta mañana) que va a promover un cambio legislativo que implique,
entre otras cosas, una modificación de la legislación penal en lo referente a los
delitos de sedición, rebajando las penas que se han de imponer por la comisión de
estos.
La modificación del Código Penal se
ha de hacer, según se establece en el art. 81.2 de la Constitución, mediante Ley
Orgánica que exige, para su aprobación, mayoría absoluta en cuanto afecta a los
derechos fundamentales y libertades públicas. No sé si el Presidente cuenta con esa mayoría absoluta.
La modificación de la pena legalmente
prevista para castigo de determinados delitos, cuando se trata de imponer una
menor, al ser mas favorable al reo condenado, produce el efecto inevitable de
su adecuación a la nueva, con los efectos inmediatos que se producen en la situación
carcelaria del condenado.
Se trata, opino yo, de un
previsible y complementario paso( modificación de la Ley) en la desjudicialización
del “conflicto catalán”.
Valentín Cortés