Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 15 de enero de 2021

 

Viernes 15 de Enero de 2021

La prevaricación advertida

La prevaricación es un delito (art. 404 del Código Penal) que sólo lo cometen las autoridades y funcionarios públicos y que, además, requiere que se tenga conciencia (a sabiendas, dice el Código) de que la decisión o resolución que se toma, por el funcionario o por la autoridad, es injusta. La pena que impone el Código es la inhabilitación, con lo que la autoridad (el político), o el funcionario, no puede proseguir su carrera y modo de ganarse la vida en el futuro, que queda por muchos años prohibidos en su ejercicio.

Las autoridades independentistas catalanas tienen, como sabemos, una tendencia irrefrenable al fraude de ley, pero salvo raras excepciones (por ejemplo, el Sr. Torra) son muy resistentes a la prevaricación, porque supone, su comisión, como hemos visto, la inhabilitación y, por consiguiente, la imposibilidad de trabajar en el futuro en lo que se viene haciendo.

Todo esto viene a cuento porque el Ministerio Fiscal ha advertido a las autoridades competentes catalanas que acceder al tercer grado penitenciario para los presos condenados por sedición, tal como han pedido los responsables de las cárceles donde permanecen, supondría, dada la resolución del Tribunal Supremo de hace pocas semanas invalidando la anterior, una clara prevaricación. Es la manera con la que el Ministerio Fiscal ha puesto en el brete a la autoridad concreta, que ha de decidir el tema ,que es consciente, desde ahora, de que si lo hace obraría a sabiendas  injustamente (vid. por todos la noticia en www.elmundo.es).

Valentín Cortés