Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 29 de septiembre de 2017


Viernes 29 de Septiembre de 2017
A modo de epilogo del llamado “proceso”
Mientras esperamos los estertores finales y letales( sin duda, ciertamente graves) del llamado “proceso”, entre los que estarán un sinfín de delitos y conductas sancionables con  penas y multas pecuniarias, que se ejecutarán posiblemente más tarde de lo que la sociedad quisiera, la Audiencia Nacional, es decir la jurisdicción ( esta vez la Audiencia Nacional) ha decidido, en un auto del que se hace eco hoy toda la prensa digital, no aceptar las medidas cautelares que solicitaban la suspensión de la compra del Banco Popular por el Santander.
Ello, además, de un varapalo a los intentos de politización de una operación que se ha gestado en el seno de lo que llamamos Europa, nos pone ante una realidad que yo procuro poner( como dirían ahora los modernos) “en valor”: el funcionamiento de nuestro Estado, que, formado como cualquier otro democrático y de Derecho, por tres Poderes sabe utilizarlos a todos con todos sus resortes ( en este caso los jurídicos) para poner orden en el desbarajuste político donde nos quieren meter algunos; y lo hace unas veces con autos como el que comento, y otras con resoluciones que pondrán a los responsables del “proceso” ante el espejo de su ínfima entidad y de gran responsabilidad.
Valentín Cortés

jueves, 28 de septiembre de 2017


Jueves 28 de Septiembre de 2017
Una mayor eficacia instructora
Hemos leído en todos los periódicos que la magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha sido encargada del sumario por la convocatoria ilegal del referéndum, ha asumido la investigación instructora que llevaba a cabo el Ministerio Fiscal.
Ello además de ser normal, y adaptado a la ley, ha supuesto una mayor garantía para el buen fin de la instrucción, en cuanto que todas las decisiones ( que ya las ha tomado o ha confirmado, tomadas anteriormente por el Ministerio Fiscal) que suponga una limitación de derechos fundamentales ( por ejemplo precinto de locales previstos para la votación, entrada en lugares, locales, naves, domicilios, prohibición de reuniones o manifestaciones, etc.) no podrán ser cuestionadas ni formal ni materialmente, pues son medidas propias de la autoridad judicial, y se podrán y, posiblemente, será necesario tomar de manera directa en estos días previos a la prevista celebración del referéndum ilegal.
Quizá uno de los efectos colaterales de este problema generado por los secesionistas sea, en su momento, consensuar una gran reforma del proceso penal que haga mucho más ágil, eficaz y eficiente la lucha contra el delito y el delincuente.
Valentín Cortés

miércoles, 27 de septiembre de 2017


Miércoles 27 de Septiembre de 2017

De nuevo sobre la astucia

He leído en la prensa que el Sr. Junqueras “resucitará la Sindicatura solo para el 1-O y reducir la multa” ( un buen resumen se puede leer en www.elconfidencial.com), todo ello en relación  con la providencia del Tribunal Constitucional que acepta la renuncia de todos miembros de  la Sindicatura y que se ha publicado hoy en el BOE.

De ser cierta la noticia, produce un gran candor observar una enésima prueba más de la “astucia” del Gobierno catalán, quien, como tantas veces he dicho en este blog, no “sabe” que existe una institución jurídica que se llama fraude de ley por el que la aplicación de una norma para infringir otra no es posible en el ordenamiento jurídico. De modo que mucho me temo que las multas no se podrían evitar.

Otra cosa es que el Parlamento catalán nombre a otra sindicatura antes del día del referéndum. Si es con los suplentes, en la medida que sea posible, me temo que los suplentes quedarían incluidos en el fraude en los mismos términos que los titulares, porque la orden del Tribunal Supremo les afectaba al igual que a los titulares. Si es con nuevas personas, además de los problemas de tiempo existentes, el resultado sería un delito más que juzgar y un motivo más para la aplicación de medidas de restricción de competencias autonómicas, que cada día se hace más difícil evitar.

Valentín Cortés

 

martes, 26 de septiembre de 2017


Martes 26 de Septiembre de 2017 

¡Un desastre! 

Algunos políticos ni comprenden el lenguaje jurídico, incluso lo desprecian, ni son capaces de mantener la más mínima coherencia en el ámbito de actuación del mundo judicial, que, no olvidemos, ellos parecen olvidarlo, que hace referencia a uno de los tres Poderes del Estado. Porque, aunque parece que no lo entienden, los jueces son Estado  

Debe ser por eso que el Sr. Sánchez diga que, en el problema del secesionismo catalán, que igualmente no quiere comprender que es exclusivamente un problema jurídico (pues, ¡bueno fuera que entiendan que es político!), no puede haber ni vencedores ni vencidos, o el Sr. Iglesias diga, en tono admonitorio, casi condenatorio, que el Estado ha delegado en los jueces la solución del problema.

Ninguno de los dos entiende que el Estado de Derecho impone que, en los conflictos jurídicos penales, se dé solución judicial penal; por eso han intervenido los jueces y por eso habrá vencedores (el Estado que acusa y juzga) y vencidos (los delincuentes).

Todo lo que no sea eso, se convertiría en un fiasco del Estado de Derecho que acabaría permitiendo, según cabe deducir de las palabras de estos políticos, el desorden, el delito, la inseguridad y la incerteza jurídicas. Total, ¡un desastre!

Valentín Cortés

lunes, 25 de septiembre de 2017


Lunes 26 de Septiembre de 2017

¡Nunca, segundas partes fueron buenas!

El proceso por responsabilidad contable que se sigue ante el Tribunal de Cuentas contra el Sr. Mas y otros por el gasto de dinero público en la organización del llamado referéndum del 9N, pone al Ministerio Fiscal en entredicho por su actuación acusatoria en el proceso penal por desobediencia y prevaricación que terminó en el Tribunal Supremo con condenas por estos delitos, sin que el Tribunal entrara en el delito de malversación que no había sido acusado.

Que no fueran acusados esos hechos como delito no significa que no se puedan exigir ahora la devolución de esas cantidades gastadas (por no decir, malversadas) en el proceso adecuado y ante el organismo adecuado y competente (Tribunal de Cuentas), porque los hechos existieron y no han sido juzgados.

Si en aquel episodio la malversación era clara (como vino a insinuar el Tribunal Supremo en su sentencia) en el actual “proceso” adquiere una manifestación diaria que hoy es destacada en la prensa por el Fiscal General como causa de la posible detención del Sr. Puigdemont a petición del Ministerio Fiscal( www.elespanol.com)

Valentín Cortés

 

 

viernes, 22 de septiembre de 2017


Viernes 22 de Septiembre de 2017

La eficacia de las medidas coercitivas del Tribunal Constitucional.

Las medidas que, comentábamos ayer, había tomado el Tribunal Constitucional para obligar a obedecer a los miembros de la que podemos llamar Junta Electoral Central del referéndum catalán, órgano que se antojaba en la parafernalia legalista independentista catalana de gran importancia, han demostrado una enorme eficacia: primero, porque según la prensa de hoy, la Generalidad ha cesado al Presidente de aquella, para que  no tenga que pagar la multa; y, segundo, porque, también  nos dice la prensa, que la Generalidad ha pedido, al parecer, la disolución de tal Junta al efecto de impedir las multas.

A no ser que estemos en presencia de una descomunal astucia catalana, resulta que, sin haberlo previsto- estoy seguro-, el Tribunal Constitucional ha conseguido el desmorone de lo que se presentaba como la garantía final del proceso secesionista y, por tanto, del referéndum.

Deduzco no sólo las pocas o nulas convicciones de la Generalidad en el tinglado jurídico montado por ella para este “proceso”, sino la fuerza y eficacia del dinero, cuando se tiene la certeza de que se puede perder, valga la expresión, “a chorro continuo” por mostrarse decidido a la desobediencia. Permítaseme la broma: sería la primera vez que un golpe de Estado se para con la amenaza de multas.

Valentín Cortés

jueves, 21 de septiembre de 2017



Jueves 21 de Septiembre de 2017
 
El Tribunal Constitucional da un paso decisivo
Siento ocuparme un día más del secesionismo catalán, pero es absolutamente necesario, dada la enjundia jurídica-judicial que presenta y el inmenso problema que presenta para España, que, no me cabe la menor duda, aunque sea de manera ínfima e insignificante, ayudamos a resolver con nuestras opiniones.
Hoy, desde el punto de vista de este blog, la noticia relevante es que el Tribunal Constitucional ha impuesto una multa diaria a los componentes de la que, en el ordenamiento jurídico español, se llamaría Junta Electoral Central, hasta que obedezcan a los mandatos del Tribunal. Se ha impuesto por unanimidad a petición del Abogado del Estado, aunque tres magistrados, denominado progresistas, harán un voto particular para fundamentarla en motivos distintos a los de la mayoría.
Es importante por dos razones:
- la primera, porque el Tribunal Constitucional no podía seguir afrontando este gran problema nacional, que es el secesionismo, desde la cómoda posición de sólo anular normas, cuando la legislación le permite entrar de lleno en la corrección punitiva de la desobediencia a sus resoluciones.
-la segunda, porque se ha acabado, al parecer, con la unanimidad mal entendida en las decisiones del Tribunal, por la que una minoría de los miembros del Tribunal se impone a una mayoría al socaire de la necesidad de la unanimidad, que siendo deseable, no es imprescindible para defender al Estado de Derecho. Y tiene, además, la ventaja de que pone a cada uno de los miembros del Tribunal ante la responsabilidad personal e individualizada que, sin duda, la sociedad les exige y les exigirá.
Valentín Cortés
 
 
 

 

miércoles, 20 de septiembre de 2017


Miércoles 20 de Septiembre de 2017

Un salto cualitativo

Escribo esta opinión al inicio de la tarde, cuando todavía pueden ocurrir en Cataluña acontecimientos que pudieran dar lugar a una intervención distinta en este blog, opinando con más severidad y solemnidad.

 A esta hora, desde el punto de vista jurídico, que es el mío, lo más importante ha sido que, por primera, el Juez investiga a altas autoridades de la Generalidad, además de por otros delitos, por el de sedición. Todo este “proceso”, quizá porque tenemos un Código Penal cándido y buenista, no se ha calificado, desde el principio, como lo que es: golpe de Estado que pasará necesariamente por la sedición o por la rebelión.

Ante esta situación, que además de política, social, humana, es claramente jurídica, no creo que exista un mecanismo de corrección mejor, que evite la comisión de más delitos y el desorden político que se está generando, que el Senado conceda al Gobierno la posibilidad de intervenir en las competencias de la autonomía catalana, mediante el cauce del art. 155 de la Constitución, que, por si fuera poco, tiene la ventaja de la adecuación de la medida al momento y situación concreta. En cualquier caso, cada vez se hace más evidente lo que vengo diciendo desde hace ya años, al afirmar que la aplicación de esta norma será inevitable, porque las autoridades autonómicas catalanas siguen incumpliendo el ordenamiento jurídico de forma continuada y pertinaz.

Valentín Cortés

 

martes, 19 de septiembre de 2017


Martes 19 de Septiembre de 2017

¡Cosas veredes!

La admisión a trámite de un recurso contencioso administrativo no significa más que ese recurso empieza a tramitarse; no significa, pues, que el Tribunal, inaudita parte y sin más trámites, acepta la posición jurídica del recurrente concediéndole lo que pide.

Esto que digo es tan elemental que hasta un mal alumno de derecho procesal lo sabría y obtendría una buena nota si ese fuera el objeto de un examen que sería tachado de insólito.

El Vicepresidente de la Generalidad de Cataluña ha salido ante la prensa (véase la digital de hoy) y ha anunciado a los cuatro vientos que la medida de intervención del Gobierno ha quedado suspendida al haber admitido a trámite el Tribunal Supremo el recurso interpuesto por Generalidad pidiendo la suspensión de la dicha medida financiera.

Es evidente que el Sr. Junqueras no es licenciado en Derecho, pero me atrevería a decir que hasta un historiador (creo que esa es la profesión de este señor) debe saber  o sospechar que los recursos contenciosos administrativos no son tan fáciles. Pero no lo sé; en cualquier caso, el recorrido de estos aspavientos (¿políticos?, ¿jurídicos?) es tan corto que produce un gran bochorno pensar que así se gobierna una parte importante de nuestro país.

Valentín Cortés

lunes, 18 de septiembre de 2017


Lunes 18 de Septiembre de 2017

Un “proceso” con un fin menos incierto

Se está dibujando día y día el panorama jurídico que quedará, según mi opinión, tras el uno de Octubre, fecha elegida por el independentismo catalán para que eclosione el llamado “proceso”.

La comisión sin cesar de delitos por parte de las autoridades catalanas, cada vez de mayor gravedad, pues recordemos que el descubrimiento de malversaciones de caudales públicos es continuo, dará lugar a un escenario de procesos penales que dejará a una buena parte de esas autoridades sin futuro político y un considerable y penoso futuro penal, en el mejor de los casos.

La toma de control por parte del Estado de las cuentas de la Generalidad por la aplicación de la legalidad vigente( que curiosa pero lógicamente ha dado lugar a un recurso ante el Tribunal Supremo de la Generalidad, pidiendo la suspensión cautelar de la medida: www.europapres.com)  muestra el camino  nada conflictivo en lo político de la toma de otras competencias autonómicas por la vía de otras leyes ordinarias( como por ejemplo, la de Seguridad Nacional) o la, cada vez menos engorrosa y molesta, del art. 155 de la Constitución, todo ello por la aceptación ciudadana, parece ser muy mayoritaria ahora (vid. el giro en este aspecto que ha dado el PSOE, según la prensa digital de hoy), y, dentro de unos días, por la exigencia prácticamente, me temo, unánime de los ciudadanos de este país, de poner fin a ese estado de cosas delictivo en el que se ha convertido la Generalidad catalana.

Según mi criterio quedaría por aclararse si esta tremenda crisis dará lugar a una modificación de la Constitución y si esa modificación en su caso nos llevará o no a una mayor centralización de competencias en manos del Estado. Todo dependerá del grado delictivo que alcance el “proceso”

Valentín Cortés

jueves, 14 de septiembre de 2017


Viernes 15 de Septiembre de 2017

Los jueces y el proceso

De todo el torrente de noticias que ayer se produjeron en relación con el llamado “proceso” de secesionismo catalán, en mi opinión, la más trascendente fue la nota conjunta de todas las asociaciones de jueces. En ella comunicaban a los ciudadanos que las autoridades catalanas habían perdido legitimidad y que era licito y obligado desobedecerlas, llamando a no cumplir ninguna orden tendente a la realización del referéndum.

Yo no recuerdo que esta nota tenga antecedentes, como tampoco que se hable de forma clara de rebelión, que será, como al final, habrá que tratar este tema.

Las asociaciones de jueces, en puridad, no son los jueces, uno más otro en su individualidad, pero aun así la nota es un aviso de quienes aplican la ley de que no existen dos legalidades, sino sólo una, pues, tal como decíamos hace algunas fechas, al proceso se le ha venido abajo una de las patas con las que, según sus protagonistas, había que dotarlo.

La catarata de delitos que se cometerán en los próximos días, obligará, sin duda, al Estado, y en concreto al Tribunal Constitucional, a plantearse la timorata posición jurídica de no inhabilitar a los sediciosos advertidos y desobedientes.

Valentín Cortés

Jueves 14 de Septiembre de 2017 

Un “proceso”, pero de querellas y condenas

La interposición de querellas por la Fiscalía, contra los principales intérpretes del proceso cesionista catalán, es el principio de la necesaria y obligada reacción del Estado contra el quebrantamiento legal, amplio y variado, que se produce con ocasión de la convocatoria del referéndum ilegal y prohibido por el Tribunal Constitucional.

La reacción de las autoridades de la Generalidad, en abierta y clara insumisión y desprecio por los Tribunales y sus mandatos, más su política de involucrar a centenares de autoridades y funcionarios como escudo que se antoja muy pueril, aunque no menos peligroso, producirá no sólo más querellas y más condenados en el futuro, sino lo que parece más grave y que no es de descartar, cual es que se produzcan reacciones violentas y tumultuarias que pueden dar, sin  duda, lugar a que los hechos se puedan calificar de rebelión con penas muy altas para los responsables e inductores.

Es evidente que todo esto no es deseable, pero cualquiera que conozca el funcionamiento de la Administración de Justicia, tiene la certeza de que existen muchas posibilidades de que ocurra, si antes la Generalidad y sus instituciones no se someten a la legalidad y mandatos judiciales, que es tanto como decir si antes no respeta y cumple el Estado de Derecho.

Valentín Cortés

miércoles, 13 de septiembre de 2017


Miércoles 13 de Septiembre de 2017 

Las pérdidas del Banco Popular

La publicación en la prensa de ayer de las pérdidas sufridas por el Banco Popular en el primer semestre de este año (que se elevan a más de 12.000 millones de €) abren, desde el punto de vista jurídico, un panorama claro, eso creo yo, en el camino que muchos accionistas y perjudicados tomarán tras la decisión en su día de las autoridades europeas de adjudicación de la entidad al Banco de Santander por un euro simbólico.

Es evidente que mi conocimiento del tema es el del lector de periódicos, pero cabría, tras esta información de ayer, llegar fácilmente a la conclusión que la decisión de las autoridades financieras europeas( y españolas) fue acertada, que la adquisición por el Banco Santander no debe merecer reproches, ni siquiera el de enriquecimiento injusto, del que ayer se hablaba, y que los tiros se dirigirán  a los antiguos administradores y auditores que tendrán que explicar el desfase tan enorme entre las cuentas del año pasado y estas. Y mucho me temo que a esos accionistas y perjudicados no les quedará muchas más opciones que acoger las ofertas que se le hacen desde el Banco Santander con la adjudicación de los llamados “bonos de fidelización” ( vid. en  www.expansion.com), que, incluso ahora, se muestra mas generosa.

 

Valentín Cortés

martes, 12 de septiembre de 2017


Martes 12 de Septiembre de 2017

El Sr. Puigdemont busca apoyos legales

He leído en www.expansion.com un extracto de unas declaraciones del Sr. Puigdemont a RAC1 que son dignas de traer a este blog. Completan a las de ayer, y confirman, según su autor, que no puede ser inhabilitado por el Tribunal Constitucional, ya que la figura de Presidente de la Generalidad está regulada por el Estatuto y en este texto legal ( por cierto que forma parte del Ordenamiento jurídico español) se recoge que el Presidente será depuesto de su cargo sólo en los supuestos de moción de censura o de confianza: ergo el Tribunal Constitucional no lo puede destituir.

Como se aprecia, el argumento es de una simpleza absoluta, pero es curioso que fueron los secesionistas lo que dieron contenido y naturaleza jurídica al llamado proceso buscando, en la promulgación de leyes por el Parlamento, una legitimidad distinta a la del Ordenamiento jurídico nacional. Pero, tras las resoluciones del Tribunal Constitucional, se han quedado sin apoyo legal (así lo sienten ellos, oído lo que dicen), por la inexistencia de esa nueva regulación que ha quedado suspendida y sin efecto, y buscan desesperadamente otro apoyo jurídico, que es ahora (¡gran sorpresa!) el Estatuto de autonomía.

Pero, como siempre (lo que me hace dudar de la bondad y técnica del asesoramiento jurídico que tiene la Generalidad), creen que leyendo una ley se han leído toda la legislación, como cuando cometen fraude de Ley o de Constitución que creen que la aplicación de una norma puede encubrir la violación de otra. En cualquier caso, este Presidente (que no es jurista, según tengo entendido) no le han asesorado bien y da respuestas jurídicas tan equivocadas como grotescas y, sobre todo, incomprensibles dentro de lo que debería ser la mecánica revolucionaria de un golpe de Estado que, se supone, no se debería detener mucho en aspectos jurídicos, ni menos buscar apoyo dialectico en el Derecho.

 

Valentín Cortés

 

 

lunes, 11 de septiembre de 2017


Lunes 11 de Septiembre de 2017
“Parole”, “parole”, “parole”
Con la pomposidad y heroicidad épica habituales, el Sr. Puigdemont ha declarado, institucionalmente, que “sólo el Parlament puede inhabilitar al Govern que presido”.  Así lo recoge la prensa digital de esta mañana. No se trata, como podría parecer, de una declaración política, sino de una claramente jurídica.  La comento, pues, desde ese ángulo que es el mío.
Como se trata de una declaración institucional con ocasión de la Diada, me imagino que, aunque no se lo crea, la manifestación se ha hecho por este señor para expresar un principio fundamental e institucional del llamado proceso, del cual se ha de partir para entenderlo (los que estamos fuera) y llevarlo a cabo (los que está dentro), con lo que se adivina, incluso para el más convencido de los secesionistas, el futuro tan corto y ridículo que tiene el proceso, entre otras cosas por lo que dijimos en nuestra última “opinión”: desgraciadamente, para el Sr. Puigdemont, éste no tiene dos legalidades para escoger la que más le guste o convenga, ni tampoco tienen esa posibilidad ni autoridad ni funcionario alguno.
No soy capaz de averiguar ni cómo, ni cuándo, ni que autoridad (Senado, jurisdicción ordinaria o Tribunal Constitucional) será la que al final inhabilite al Sr. Puigdemont y a su Gobierno, pero sí sé que el llamado proceso está tan trufado de ilegalidades, y que, además, “obliga” para su consecución a la comisión de un tan variado ramillete de delitos, que indefectiblemente acabará con esas autoridades inhabilitadas y condenadas, incluso por más delitos de los que hasta ahora han sido acusadas por el Ministerio Fiscal.
Valentín Cortés
 

viernes, 8 de septiembre de 2017


Viernes 8 de Septiembre de 2017 

Los resortes del Estado

La aprobación en esta pasada madrugada de la llamada Ley de la desconexión jurídica por el Parlamento catalán es, podemos decir, como la segunda parte del bodrio de ilegalidades del que hablábamos ayer. Me imagino que vendrán otros actos ilegales de las instituciones catalanas para seguir rellenando ese bodrio.

Nuestra opinión hoy enlaza con la de ayer y, por tanto, no perdemos de vista que lo que quiere el independentismo, curiosamente, es poder decir que la “ley” le ampara en sus actos. Es aquí donde el proceso falla de inicio. Veamos:

La reacción del Estado a esa primera parte se ejecutó en menos de 24 horas y lo más importante es que ya no existen dos legalidades, pues el Tribunal Constitucional ha suspendido la vigencia de la espuria. Nadie puede, pues, ampararse en una legalidad, inexistente por ahora en el ordenamiento jurídico español, para llevar a cabo actos permitidos por ella.

Hoy, me imagino el Gobierno presentará recurso contra esa paradójica (¡ se han fijado en el titulo!) Ley de desconexión jurídica y el Tribunal Constitucional la suspenderá tras admitir a trámite el recurso del Gobierno.

Esto, que puede parecer baladí, es, por contrario, esencial y permite terminar con la ambigüedad que podría ser aprovechada por quien tiene que elegir desde ahora, no entre dos legalidades ambas vigentes, sino entre la legalidad y su violación, con las consecuencias económicas, administrativas y penales que ello conlleva. Por eso, en el discurso de  ayer,el Sr. Rajoy hizo bien en poner énfasis en la situación de los funcionarios y autoridades.

Valentín Cortés

jueves, 7 de septiembre de 2017


Jueves 7 de Septiembre de 2017

El parto de la astucia

Los acontecimientos de ayer en el Parlamento catalán me obligan a empezar el nuevo curso con un poco de anticipación a lo anunciado.

Me he acordado de Esopo y de su “parto de los montes”; me he acordado de la tan renombrada ”astucia catalana”, aplicada y aplicable en este proceso de secesión por los independentistas que tanto la ponderaban, porque se trataba de hacer las cosas de modo tal que el proceso tuviera cobertura legal inatacable por el Estado. Nunca entendí cómo un proceso revolucionario debería tener en su gestación cobertura legal, pero el hecho es que tras larga gestación la astucia ha parido, no un ridículo ratón, sino un bodrio  de ilegalidades.

La inclinación irrefrenable de los secesionistas al fraude legal, confundiéndolo con la astucia, ha dado lugar a un fin de fiestas que ni siquiera los más benévolos y condescendientes entenderían que tiene un ápice de legalidad ni formal, ni material, ni autonómica ni constitucional: es todo un inmenso fraude que se derrumba por su propio peso.

No es la hora, pues, de la política (que nadie dice en qué consiste) sino la de sanear y poner orden. Es la hora de la Ley. Ahora es cuando ya no caben excusas ni a los jueces, ni a los magistrados del Tribunal Constitucional, ni al Senado, ni al Gobierno para poner fin  a este bodrio de ilegalidades que nos ha nacido y dejar fuera de la política a quien ayudó a engendrarlo.

Valentin Cortés