Martes 6 de Mayo de 2025
La Opa BBVA/Banco de Sabadell y el Gobierno
Ya sabemos que la oferta que ha
hecho el BBVA de adquirir las acciones representativas del capital social del
Banco Sabadell ha superado el trámite de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores ( con la autorización a proceder a ella en unas determinadas condiciones,
aceptadas por la oferente) y que, conforme a la legislación vigente (Ley del
Mercado de Valores y de los Servicios de Inversión, RD de OPAS y demás normas
aplicables) la OPA debe someterse al
control del Gobierno, quien decidirá si los términos en lo que se ha aprobado
por la Comisión son aceptables o se
modifican, al punto que, incluso, puedan
convertir la oferta en irrealizable.
En este contexto el lanzamiento por
el Gobierno de una llamada “consulta pública previa” sobre la OPA BBVA/Sabadell
(vid. la prensa de hoy), aparece, en este caso, más como una estratagema poco
seria que cualquier otra cosa. Esa consulta ( que en el campo prelegislativo
puede tener sentido y de hecho lo tiene, aunque este Gobierno no la utilice prácticamente
nunca, rechazando incluso la que es obligatoria ), ni tiene naturaleza jurídica,
ni es vinculante, ni es obligatoria su publicidad, ni exime al Gobierno de su obligación
de aprobar sin más la OPA o ponerle otras condiciones y no evita la
responsabilidad del Gobierno por lo que decida, que, dadas las circunstancias económicas
y políticas que rodean al tema, pudiera ser fácilmente una decisión arbitraria,( interdicta por
Constitución, art. 9) pues, como cualquier acto de los órganos públicos, tendría
que estar fundada y razonada en Derecho, por lo que estaría sometida en su caso,
como sabemos, al reproche administrativo, civil y penal. De modo que, de tener,
tendrá sólo un parco y parcial recorrido político que a nadie puede engañar.
Valentín Cortés