Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 18 de enero de 2024

 

Jueves 18 de Enero de 2024

La negociación de enmiendas a la ley de amnistía y el deseo de hacer de lo blanco negro

La negociación de las enmiendas a la ley de Amnistía ( vid. la prensa de hoy),  que, según la prensa, se están llevando a cabo en la actualidad para blindar, se nos dice, su aplicación inmediata al Sr. Puigdemont, es una manifestación más de lo que tantas veces he denunciado como práctica habitual del independentismo catalán: su tendencia irrefrenable al fraude  a la ley o a la Constitución. Porque se quiere buscar, parece ser, un “camino legal” de violar la Constitución y el Ordenamiento jurídico que no sea la modificación formal de la Constitución. Todo a cuento de que la orden de detención  europea que afecta al Sr. Puigdemont decaiga ipso facto con la entrada en vigor de la Ley.

Pues bien, con independencia de la arbitrariedad patente de todo este proceso legislativo, con fines tan descaradamente espurios y tan contrarios a los principios esenciales de nuestra Constitución, debemos decir, de forma llana y sencilla, que la orden  de detención europea es una medida cautelar, que es un modo de ejercer la función jurisdiccional; para imponer o levantar una medida cautelar( es decir, para ejercer la función jurisdiccional) hay que aplicar normas jurídicas; si la norma jurídica aplicable( en este caso, esa ley de amnistía que impondría levantar ipso facto la medida cautelar de detención del Sr. Puigdemont) le plantea al juez competente de turno dudas sobre su adecuación  a la legislación europea, éste necesariamente  deberá plantear, de acuerdo con la legislación aplicable al Tribunal de Justicia de la UE, la cuestión prejudicial; y necesariamente, de acuerdo con esa legislación aplicable, el juez tendrá que suspender la aplicación de tal norma hasta tanto no se resuelva la duda por el Tribunal de Justicia, con lo que la orden de detención del Sr. Puigdemont seguirá vigente.

Y lo mismo que afirmo para el caso de la duda sobre la adecuación de la ley de amnistía a la legislación europea, lo afirmo para el caso de la duda a su adecuación a la legislación y constitución, porque  no cabe mantener la existencia de cuestiones prejudiciales de constitucionalidad sin mantener por necesidad sus efectos suspensivos. Lo mismo que lo blanco no puede ser negro.

Valentín Cortés