Viernes 11 de Abril de
2014
Las lamentaciones judiciales.
Se está instalando una costumbre muy curiosa entre nuestros jueces.
Ahora le ha tocado el turno al Sr. Gómez Bermúdez que está en la Audiencia
Nacional. Ha puesto en libertad a unos narcotraficantes, en aplicación de la modificación
legal del art. 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (el problema de la
justicia universal) y se ha lamentado por tener que aplicar la Ley. Se trata,
pues, de censura al legislador.
Es una obviedad afirmar que un
juez tiene que aplicar la ley, y si lo dice un juez es una petición de principio; pero, decirlo para lamentarse ( dice el Juez
solemnemente:” el juez debe aplicar la
Ley, le guste o no, aun cuando el
resultado sea, desde su punto de vista, frustrante”/www.elmundo.es) no es sino expresión de
la censura que se hace, no a la Ley, que no tiene sentido censurar, aunque sí
criticar desde el punto de vista técnico, sino al legislador, lo que le está
vedado por la Ley Orgánica del Poder Judicial(art. 418.3)
Valentín Cortés