Lunes 24 de Junio de 2024
El acuerdo para la
renovación del Consejo General del Poder Judicial
Se ha instalado en los medios de comunicación
el debate sobre si el PP debe llegar o no a un acuerdo con el PSOE sobre la renovación
del Consejo General del Poder Judicial (hoy, por ejemplo, vid. la polémica en www.elmundo.es; www.elconfidencial.com;www.elespanol.com).
Es evidente que lo importante es establecer
lo que es un acuerdo para esta renovación, pues si se trata de ceder a una coacción
de acordar de una determinada manera, amenazada, en su defecto, por una posible
modificación legal que afectaría negativamente a la separación de Poderes del
Estado, es claro que nadie está obligado constitucionalmente a pasar, dicho en
términos históricos, por las “horcas caudinas” de un acuerdo que no lo
sería. Igualmente, si de lo que se trata
es de imponer unas cuotas en el nombramiento de consejeros que daría como
resultado un Consejo con composición ad hoc para hacer seguidismo de las
directrices de la mayoría parlamentaria, es claro que eso tampoco es un acuerdo
que se pueda alinear con el espíritu de la Constitución que establece claramente
la independencia del Poder Judicial respecto a los otros Poderes.
El acuerdo, pues, se debe alcanzar,
o bien para conseguir un Consejo realmente independiente del Poder Legislativo
y del Poder Ejecutivo o, de no ser posible, para cambiar la ley en modo tal que se
establezca un sistema de renovación objetivo que lo consiga de forma automática e
irremediable. En otro caso, se estaría burlando el espíritu y la letra de la Constitución.
Valentín Cortés