Lunes 12 de Septiembre de 2022
La responsabilidad constitucional
del Presidente del Gobierno ante las propuestas de la Sr. Diaz.
Los medios de comunicación ( hoy también)
dan un tinte exclusivamente político a las discordancias entre la Vicepresidenta
del Gobierno, Sra. Diaz, y varios ministros en orden a la intervención de los precios
en la llamada cesta de la compra. Para estos medios sólo es un índice de
crisis política en el Gobierno.
Sin embargo, esta simpleza analítica
periodística no evita el grave significado constitucional que tiene el tema.
En primer lugar, porque en este tema
brilla por su ausencia el cumplimiento constitucional del Presidente de Gobierno
del deber de dirigir la acción del mismo (que se incumple cuando no se
dirige) y de coordinar las funciones de los demás miembros del Gobierno (que se
infringe cuando no se coordina) (art. 98 de la Constitución), máxime cuando se
supone que el Gobierno debería mostrarse unánime en la lucha contra la crisis económica.
Y en segundo lugar, al
tratarse de medidas económicas, las propuestas por la Sra. Díaz, claramente inconstitucionales,
como ya advertíamos la semana pasada, cabría preguntarse si partidos de
ideología comunista(claramente intervencionistas en política económica) tienen
encaje en Gobiernos de países miembros de la Unión Europea, que, además,
consagran en su Constitución( como es el caso de la española) principios básicos
económicos que chocan con esa ideología,
como son la economía de libre mercado y la más absoluta libre competencia :
ambos principios económicos básicos son los que se conculcan con las propuestas
de las Sra. Díaz. Razón de más para que el Sr. Presidente retome el problema de
inicio de la composición de su Gobierno y asuma, en todo caso, sus responsabilidades
en la dirección y coordinación de la acción del Gobierno.
Valentín Cortés