Jueves 3 de Noviembre de 2016
¿Un
atisbo de sensatez?
He leído en www.europapress.es
que el Tribunal inglés competente para ello ha resuelto que el Gobierno británico
no puede poner en marcha el “brexit” sin la autorización del Parlamento británico,
desechando la tesis del Gobierno que mantenía que debía cumplir el mandato del
pueblo en referéndum y, por tanto, activar el “brexit”. Me imagino que habrá recursos y que
la decisión se fundamenta en esa especie de magma constitucional que regula la
vida jurídico-política del Reino Unido.
Lo importante para mí, desde el punto
de vista jurídico, es que hay un tribunal, en el país más sólidamente democrático
de Europa, que establece límites a la voluntad popular manifestada en referenda y que, por tanto, no los sacraliza,
máxime cuando se trata de decidir sobre cuestiones tan complejas y de tantas
aristas como la de pertenecer o no a la Unión Europea, lo que posiblemente sea
materia de decisión del Parlamento, antes que del pueblo en referendum.
En definitiva, se trataría de saber
cuáles son los límites del referéndum decisorio.
Valentín Cortés