Lunes 29 de Junio de 2026
La Junta Electoral Central y
la adquisición de nacionalidad de
origen ex Ley de Memoria Democrática
La llamada Ley de Memoria Democrática
de 2022 estableció en una disposición adicional la posibilidad de adquirir la
nacionalidad de origen a los hijos y nietos de españoles que se exiliaron de
España tras la guerra civil. En Octubre de 2025 terminó el plazo para pedir y
solicitar la adquisición de nacionalidad de origen para esas personas. El
numero extraordinario de solicitudes, que al parecer supera los dos millones y
medio ( además de plantear legítimas y muy serias dudas sobre la aptitud de
todos los solicitantes y del cumplimiento de las condiciones establecidas en la
ley para la adquisición de la nacionalidad de origen) plantea de golpe un
problema de mucha importancia en la composición del censo electoral español,
porque parece estar sociológicamente
comprobado que esas personas, en esas condiciones, en el extranjero, tienen
tendencia firme a votar a favor del partido en el poder y, por supuesto, al
partido que les ha concedido ese derecho. En ese caso, la preocupación sobre la
bondad del método de comprobación, y del resultado de la comprobación misma, obligaría
a extremar desde la Junta Electoral Central el control de la adecuación a la legalidad
de tales otorgamientos de nacionalidad y de su distribución por los distintos
distritos electorales. De otra manera se introducirían dudas, muy perniciosas
para el sistema democrático de nuestro país, sobre la legitimidad del resultado
de las próximas elecciones generales que se celebren en España.
Valentín Cortés