Lunes 15 de Junio de 2026
La prescripción del delito y
las joyas de Rodríguez Zapatero
Algunos medios de comunicación (por
ejemplo, www.elmundo.es) ponen de manifiesto
que el Sr. Rodríguez Zapatero piensa alegar la prescripción del delito en el
caso de las joyas que contenía su caja fuerte. Alegar la prescripción del
delito, o si queremos ser más precisos, de la responsabilidad criminal por la comisión
de unos hechos que son constitutivos de delito, es un medio de defensa tan legítimo
como cualquier otro y entra, por tanto, como contenido de su derecho constitucional de defensa; en absoluto, pues,
es criticable, pues incluso la prescripción conecta, en nuestra cultura, con un principio
jurídico esencial desde Roma: en definitiva, el legislador ha pensado que el castigo
penal del delito pierde su sentido y su función cuando se hace más allá de un
tiempo, que cambia según la gravedad de los hechos y de la pena que merecen si
se cometen.
Sin embargo, en nuestra opinión, en
este caso, y en parecidos, la alegación de la prescripción plantea cuando menos
dos problemas técnicos importantes. Por una parte, plantea el problema de si hay
unidad o pluralidad de actos presuntamente delictivos, incluso si hay un delito
continuado, y, por consiguiente, el tiempo de la comisión de cada uno de ellos
( cuándo entraron cada una de las joyas en el patrimonio del investigado?).
Igualmente, se trata de supuestos en los que, por su propia naturaleza, no permiten
su alegación a mayor abundamiento, es decir quien lo alega no puede negar la
existencia de la comisión y de la autoría de unos hechos que, de no ser por el transcurso
del tiempo, serían constitutivos del delito.
Se trata, pues, de un medio de
defensa que todo indica (por lo que se conoce por los medios de comunicación) que
encierra una cierta complejidad.
Valentín Cortés