Viernes 20 de Septiembre de 2019
La desobediencia del Sr. Torra
Posiblemente los leguleyos
que asesoran jurídicamente al Sr. Torra le han dicho que, por ahora, en un primer
estadio de la situación, puede salir a la prensa a decir que no obedece al Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña y que no retira, tal como le habían ordenado, pancartas
o símbolos partidistas de los balcones de la Generalidad. El delito de
desobediencia, en nuestra legislación, requiere, estúpidamente, que sea muy contumaz,
casi perpetua, y, por decir alguna otra cosa, hasta “impertinente”. ¡Grave
error del legislador!, pero así es.
Bien. Pero una cosa es el
delito y otra es que un alto representante regional del Estado se permita esas
conductas que son claramente inconstitucionales y para eso está, aunque nuestros
políticos no quieran, el art. 155 de la Constitución.
Mientras tanto, el Sr. Torra
puede seguir sus ejercicios de provocación de salón, hasta la inhabilitación política
que está cada día más cerca.
Valentín Cortés