Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 30 de junio de 2014

Lunes 30 de Junio de 2014.

El Consejo General del Poder Judicial y el Juez Castro.

Leo en www.elconfidencial.com que el CGPJ, a petición de varios de sus miembros, los llamados progresistas, va a estudiar hoy, en definitiva, dar amparo de oficio al Juez Castro dado los términos en los que está redactado el recurso del Fiscal contra el auto de imputación en el caso Noos.
Lo que más me llama la atención es que se pretende amparar al Juez porque, entre otras cosas, se dice por el Fiscal, en el recurso, que la investigación del juez está poco fundada y parte de un prejuicio cual es la culpabilidad  de la Infanta y que piensen estos señores que eso “rebasa la función constitucional del Ministerio Fiscal” y “desmerece la confianza de la sociedad en sus juzgados”.
Y ¿qué ocurre si eso es lo que honesta y jurídicamente piensa el Fiscal? ¿Debe callarse para contentar y no ofender al Juez o el Consejo General del Poder Judicial?
El respeto de la Justicia parte necesariamente de la verdad y no vale abandonar por el fiscal su función constitucional de “defender la Ley” ( que pasa por acusar o por pedir la absolución), solo porque a determinados miembros del CGPJ le duele que se digan y pongan nombre a lo que un juez ha podido hacer en sus resoluciones. ¿Donde quedaría entonces el derecho a la tutela efectiva?.

Valentín Cortés

viernes, 27 de junio de 2014

Viernes 27 de Junio de 2014

El Parlamento catalán se desmelena


La prensa recoge la noticia de que el Parlamento catalán, ha aprobado una resolución exigiendo un referéndum sobre la forma del Estado español: monarquía o república.
No me voy a detener en los argumentos que se han ofrecido, porque no merece la pena discutirlos desde un punto de vista jurídico que es el que uso en estas opiniones.
Me interesa destacar que el proponer este referéndum, como antes cuando se ha aprobado el llamado derecho a decidir,  significa, desde nuestro punto de vista, la negación de la Constitución como norma máxima de nuestro Ordenamiento jurídico. En ese parlamento saben que no cabe un referéndum como el que se exige, pues ello supondría llevar a cabo una reforma de la constitución por un procedimiento anticonstitucional.
Cuando se hace tal negación de la Constitución por un poder publico del Estado( el Parlamento lo es) se puede cuestionar, al menos teóricamente, si estamos en presencia no ya de una deslealtad, sino de una traición o de una sedición.

Valentín Cortés

jueves, 26 de junio de 2014

Jueves 26 de Junio de 2014


Vuelvo a lo de ayer


He leído el recurso del Fiscal contra el auto de imputación de doña Cristina de Borbón en www.elmundo.es.
Aconsejo leerlo, aunque es muy largo, porque me parece que es, un poco, paradigma de respeto a la Justicia,  pero de confrontación extrema con lo decidido por el juez.
El Fiscal no duda en utilizar expresiones y palabras,  de una cierta dureza, que se pueden compartir, yo lo hago, o no, pero que ponen sobre el tapete el debate que tendrá que decidir la Audiencia: una cosa  son los “indicios racionales de criminalidad” y otra cosa las conjeturas y los prejuicios.
Yo creo que un juez nunca debe prejuzgar; en el caso concreto, el juez había decidido, eso se deduce de la prensa, que la declaración de la entonces Infanta era esencial; ella nada dijo en su contra y ¿entonces? La ley exige indicios, pero racionales. No veo la razón en esperar la declaración para imputar, oír una declaración en nada perjudicial e imputar.
Ya veremos quien tiene razón.

Valentín Cortés

miércoles, 25 de junio de 2014

Miércoles 25 de Junio de 2014

El lenguaje de los políticos.

Hoy he hecho un viaje largo en coche y he tenido ocasión de escuchar repetidamente por la radio la noticia de la imputación de Doña Cristina de Borbón. Dicen los políticos, con gran pomposidad, que respetan la resolución del juez.
Las sentencias y demás resoluciones judiciales no se respetan, se cumplen y se acatan, y antes de devenir firmes, se critican,y, si viene al caso, se recurren, se combaten.
Lo que hay que respetar es la Justicia; por ejemplo: prestándole la ayuda que impone la Constitución; no presionándola para que tome decisiones inadecuadas; no adulterándola con nombramientos indecorosos en órganos de gobierno o en los judiciales; y un largo etc que está explicita e implícitamente recogido en mis opiniones que doy todos lo días. Por eso, no creo que la clase política respete la Justicia

Valentín Cortés


martes, 24 de junio de 2014

Martes 24 de Junio de 2014

Una resolución sensata y ajustada a Derecho en relación con la llamada justicia universal

Publica toda la prensa que el pleno de la Sala Segunda de la Audiencia Nacional ha archivado la instrucción penal abierta contra un ex presidente de China y otros responsables por hechos ocurridos en la represión en el Tibet. Es una decisión sensata y ajustada a Derecho.
La ley, era claro desde su gestación, pretendía, con la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial(Art. 23), cerrar un caso que afectaba muy seriamente a la política y a la economía del Estado Español. Desde ese punto de vista, es pura Teoría General del Derecho interpretar la Ley teniendo en cuenta la voluntad del legislador.
Ahora, la Audiencia Nacional remedia la interpretación, prácticamente “contra legem”, que había hecho del nuevo Art. 23 LOPJ el juez de instrucción: ni los hechos se cometieron en España, ni afectaron a españoles ni están en España los responsables de los hechos.
Aunque parezca contradictorio, se trata de una resolución profundamente jurídica, porque el Juez lo que tiene que hacer es aplicar la Ley al caso concreto y no “enfadarse” con el legislador dictando resoluciones infundadas en Derecho.

Valentín Cortés

lunes, 23 de junio de 2014

Lunes 23 de Junio de 2014

¿Será detenido?
He leído en www.abc.es que el Tribunal amenaza con detener al Juez Silva si no comparece el próximo día 4 de Julio ante el Tribunal. El Juez no ha acudido a la citación para su interrogatorio esta mañana y, por lo que dice la noticia, estaba ilocalizable.
Los imputados tiene el derecho a utilizar todos los recursos en su mano para defenderse, pero lo que no puede hacer es actuar en el proceso de mala fe (Art. 11 de la LOPJ) ni desobedecer las ordenes del juez. Eso hace sistemáticamente el Sr. Silva.
Lo llamativo en este caso es que el imputado es juez, que hace ahora lo que posiblemente ha aprendido de algunos imputados que en su día pasaron por su juzgado.
Tristísimo y muy dañino para la Justicia.

Valentín Cortés

viernes, 20 de junio de 2014


Viernes 20 de Junio de 2014

Un aforamiento completo

Ya dije en su momento que el aforamiento del rey Juan Carlos solo se podía hacer modificando la Ley Orgánica del Poder judicial. Así se hará. El Partido Popular ha introducido unas enmiendas, en una Ley que se está tramitado para modificar la LOPJ en otras cosas, para de camino modificarla en el tema del aforamiento. No tengo nada que criticar, porque, a estas altura de nuestra vida democrática, escandalizarse de estos apaños legislativos y parlamentarios no tiene sentido, pues han sido cientos de veces en las que se han utilizado el mecanismo formal de la tramitación de una ley para regular en ella algo completamente distinto a su contenido y objeto.

Lo importante de esta modificación es que el aforamiento no solo se refiere a jurisdicción penal, sino también a la civil, excediendo en ésta, por lo que he podido leer en toda la prensa digital, el tema de la responsabilidad por actos cometidos en el ejercicio de sus funciones.

Lo significativo es que también se afora de esta manera a los diputados y senadores.

Volveré sobre este tema cuando tenga más información.

Valentin Cortés

miércoles, 18 de junio de 2014


Miércoles 18 de Junio de 2014

Los jueces en los congresos.

 

La noticia, que se puede leer en www.elconfidencial.com de hoy, “Jueces con miles de casos pendientes viajan a Canarias gratis total en días laborables”, descontando la exageración y la demagogia que se puede observar en su contenido, (que aconsejo leer para que nos demos cuenta del rechazo existente), es muestra de una descalificación, cada vez mayor, por la sociedad de la judicatura. Los jueces van a un Congreso y de 27 ponentes (¡) 22 son Magistrados(¡¡);el Congreso(www.congresoderechoconcursalcanarias.org) se celebra en días laborables, está patrocinado por despachos especializados en concursal, y muy posiblemente, como dice la noticia, esos jueces tienen muchos asuntos pendientes.

Para mí lo realmente sorprendente es la costumbre, cada vez más extendida, de considerar a los jueces como fuente de doctrina jurídica, como pensadores e investigadores jurídicos de parcelas del derecho, por el hecho de dictar sentencias, cuando realmente lo que hacen es aplicar el derecho al caso concreto, interpretando la Ley. Lo normal sería que al Congreso fueran como ponentes pensadores, juristas y profesores (ninguno en el caso de este Congreso) como ponentes y los jueces de asistentes y oyentes para enriquecer sus conocimientos, para contrastar ideas y oír críticas que tan necesarias son en el ejercicio de la profesión.

Valentín Cortés

 

martes, 17 de junio de 2014


Martes 17 de Junio de 2014
La justicia universal y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
La prensa de hoy recoge la noticia según la cual el CJPJ, en un informe preceptivo, avala  limitar la llamada justicia universal. Acierta jurídicamente al manifestar que se trata de una cuestión de política criminal que, lógicamente, compete al legislador. De esta manera, creo yo, pone el acento en la necesidad de que los jueces se limiten a aplicar la ley (art. 117 Constitución) y no extralimiten sus funciones, como han hecho algunos jueces del Audiencia Nacional, criticando al legislador y haciendo, lo que no parece muy adecuado, interpretaciones restrictivas, en unos casos, y laxas, en otros, del texto legal.
También acierta el informe del CGPJ cuando aconseja que se incluya en la nueva reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial una norma que sea más clara y  precisa para evitar  “esas distintas interpretaciones” que, para mí,son tan escandalosas y tanto rechinan.
Valentín Cortés
 

lunes, 16 de junio de 2014


Lunes 16 de Junio de 2014

 

Un referéndum abierto a los extranjeros menores de edad.

 

Un tal Sr. Bosch que, según www.larazon.es, es Director General para la Inmigración del Gobierno catalán, ha manifestado, al parecer, que en el referéndum secesionista podrán votar todos los extranjeros que viven en Cataluña mayores de 16 años: “Como estamos hablando de futuro y tenemos que decidir qué futuro queremos para nuestro país, es importante que todo el mundo que vive en Cataluña, que tenga más de 16 años, tenga opción de decidir”.

Lo traigo a colación porque todavía hay un sector de la clase política que habla de buscar una vía de “consulta legal”, lo que, además de ser imposible sin cambiar la Constitución, parece que no es querido por los promotores del referéndum, pues de otra manera no cabe explicar tantas contradicciones jurídicas y conceptuales en la manifestación del Sr. Bosch. Si hasta ahora (¡?) era la soberanía nacional la que parecía más afectada( art 1.2 de la Constitución), ahora también lo están el art 12 (mayoría de edad) y 13.2( inexistencia del derecho de referéndum para los extranjeros).

Valentín Cortés

viernes, 13 de junio de 2014


Viernes 13 de Junio de 2014

 

Quien siembra vientos. . .

He leído en la edición de Madrid del diario ABC que “una juez avala gastar dinero público en el secesionismo”.

Digo lo de sembrar vientos, porque esta Juez no es de carrera sino sustituta; es decir, alguien que desempeña las funciones de juez sin serlo, cubriendo una plaza que no está dotada o que cubre una sustitución. A estos jueces sustitutos (me duele decirlo), de dudosa capacidad jurídica, ( pregunten a los abogados) se les nombra con unos criterios de lo que es responsable el Consejo General del Poder Judicial. Cabe decir que, mientras tanto, existen decenas de jueces que han sacado sus oposiciones que están en situación de expectativa porque no se les utiliza ni para las vacantes ni para las sustituciones.

Para esta “juez,” que admite que un Ayuntamiento dedique dinero público a promover la independencia, porque promover la “identidad de los ciudadanos es competencia de los Ayuntamientos y no hay nada más próximo al concepto de identidad que el proceso soberanista, pues lo que busca es dotar de una identidad propia a la comunidad catalana, identidad nueva y diferente a la existente hasta ahora”, solo cabe pedir que la tempestad (política, que nó jurídica)en la que se ha convertido la aleje para siempre de la judicatura.

Valentín Cortés

jueves, 12 de junio de 2014


Jueves 12 de Junio de 2014

 

El recurso por el PSOE, ante el Tribunal Constitucional, de la Ley llamada de justicia universal.

He leído la noticia en www.elmundo.es.

Es claro que no he leído el recurso y que la noticia está basada en las declaraciones que ha hecho la Sra. Doña Soraya Rodriguez, que tiende como es sabido a la hipérbole. Por tanto, confieso mis limitaciones.

Entre las razones que se ofrecen de la inconstitucionalidad de la Ley están el hecho de que una ley obligue a los jueces a sobreseer un procedimiento (disposición transitoria); y que se aplique a procedimientos ya en marcha (también, disposición transitoria). Eso parece, según el PSOE, que viola el derecho a la tutela efectiva (art. 24 de la Constitución).

Yo quiero recordar que una Ley (art. 675 Ley de Enjuiciamiento Criminal) obliga a los jueces a sobreseer libremente cuando el Gobierno, por ejemplo, dicta un decreto de indulto.

También quiero recordar que las disposiciones transitorias procesales no pueden establecer efectos retroactivos (art. 2 Ley de Enjuiciamiento Civil); pero, en este caso no es así, porque solo se aplica, naturalmente a procesos en marcha, pero en los que todavía no se ha producido la acusación y formal apertura del juicio oral. Sólo en este supuesto cabría hablar de aplicación retroactiva de la Ley.

Valentín Cortés

miércoles, 11 de junio de 2014


Miércoles 11 de Junio de 2014
El Magistrado Enrique López
 
He leído en www.elconfidencial.com que el Consejo General del Poder Judicial admitirá el reingreso del magistrado Sr. López en el puesto que ocupaba como tal en la Audiencia Nacional antes de que fuera nombrado Magistrado del Tribunal Constitucional. Como sabemos, tras una denuncia de conducción bajo los efectos del alcohol y otras imprudencias (admitidas todas ellas), el Sr. López dimitió como Magistrado del Tribunal Constitucional.
La Justicia (no me cansaré de repetirlo) está tan deteriorada que asistimos a una situación que, como dirían los castizos, no tiene un pase: se dimite por esas razones del puesto de Magistrado del Tribunal Constitucional y se pide el reingreso en la judicatura en la Audiencia Nacional. Y lo malo es que la ley, y las circunstancias, lo permiten. Quizá haya que cambiar la ley en esto y en el sistema de selección de los magistrados del Tribunal Constitucional.
Valentín Cortés

martes, 10 de junio de 2014


Martes 10 de Junio de 2014

Otra vez sobre la Ley de Abdicación de Don Juan Carlos I.-

No me importa opinar otra vez sobre esta Ley, dada la importancia que tiene.

He leído en www.elmundo.es que el grupo parlamentario socialista se ha reunido hoy y ha decidido votar para aprobar el proyecto de Ley; dicen que ahora no se trata de decidir sobre Monarquía o Republica, porque la abdicación es solo un camino jurídico (constitucional) para la sucesión. Están en lo cierto.

Los que se oponen a la Ley lo que votan, en realidad, es oponerse a que el Rey abdique en su hijo, que es el heredero según la Constitución. Por eso deberían en el debate de mañana exponer las razones ad hominem referidas al Príncipe, pero también al Rey (por ejemplo, incapacidad)(no existen otras razones dentro de la Constitución) que les hacen tomar esa decisión. Cualquier explicación fuera de esos límites (que es lo que se espera) no es jurídicamente correcta y, como no cabe política fuera de la Constitución, sería inconstitucional.

Ni siquiera situarse fuera de la Constitución explica la decisión de aquellos que se van a abstener.

Valentín Cortés

lunes, 9 de junio de 2014


Lunes 9 de Junio de 2014

 

El presidente del Congreso habla del aforamiento del Rey.

En www.europapress.es se recogen las declaraciones de esta mañana del Presidente del Congreso a la COPE, en relación al aforamiento del Rey.

Lo que me interesa destacar es que esta alta autoridad del Estado no tiene empacho en manifestar, más o menos directamente, que no está seguro de que cualquier juez no acepte a trámite una querella que se pudiera interponer contra el actual Rey por actos realizados durante su reinado. No tiene la menor duda de que esto no lo haría el Tribunal Supremo que, sin duda, sería, en su caso, el Tribunal de aforamiento para el hoy Rey.

Lo grave no es solo que esto lo diga el Presidente del Congreso, sino que lo piensen sectores cada vez más  numerosos de la sociedad jurídica española. En otras palabras, todos ellos piensan que hay jueces que están dispuestos a prevaricar, pues eso sería admitir a trámite una querella contra el hoy Rey por actos realizados durante su reinado.

¡Triste imagen de la justicia!

Valentín Cortés

jueves, 5 de junio de 2014


Jueves 5 de Junio de 2014

 

Los organismos oficiales que informan a los órganos judiciales.

Leo en la prensa digital, en todos los medios que he consultado, críticas de parte a los informes que ciertos organismos oficiales han proporcionado a distintos órganos judiciales.  Hoy toca el turno, en el caso de los ”papeles del Sr. Bárcenas” a un Informe de la Agencia Tributaria y a otro de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF);y, en el caso del accidente del AVE de Santiago, se hace mención a un informe sobre las causas del accidente de la Comisión de Accidentes Ferroviarios(CIAF).Todos, organismos dependientes del Gobierno.

No seré yo quien ponga en duda la honestidad y seriedad de todos y cada uno de los informes que se emiten y que tienen por destinatarios a los jueces españoles, en base a los cuales se imputa o se condena y, también, se absuelve a los acusados.

Pero, dada la trascendencia e importancia de los informes de esos organismos y otros, parece que se debería regular legalmente su funcionamiento, composición y nombramiento de sus miembros, para que no fuera posible hacer la crítica que siempre se hace de ellos: que son parciales y que se mueven por órdenes o simpatías o antipatías personales o políticas. La Administración de Justicia no se lo merece.

Valentín Cortés

miércoles, 4 de junio de 2014


Miércoles 4 de Junio de 2013

El aforamiento de Rey tras la abdicación

Algunos medios de comunicación se han mostrado preocupados por el hecho del vacío legal que se producirá, una vez el Rey abdique, en aquellos asuntos que no habían sido previstos. En concreto, se hace referencia a la inviolabilidad e “irresponsabilidad” del Rey (art. 56.2 de la Constitución) que no se pueden extender más allá de la terminación de su condición de Rey.

Se preocupan por el pasado y por el futuro. El pasado está cubierto, según mi opinión, por el art. citado de la Constitución. El Rey no podrá ser juzgado por ningún hecho realizado durante su reinado.

El futuro no es un problema de inviolabilidad sino, creo yo que debe ser así, de aforamiento. Como los aforamientos afectan a la competencia objetiva de los órganos judiciales y la competencia es materia regulada por la Ley Orgánica del Poder Judicial (en concreto, en lo que aquí importa, en el art.  57, la de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo) parece claro que las Cortes tendrá que aprobar una reforma, me parece que urgente, de la LOPJ para aforar al ahora Rey, y hacerlo ante el Tribunal Supremo.

Valentín Cortés

martes, 3 de junio de 2014


Martes 3 de Junio de 2014

 

La Ley Orgánica de abdicación de SM el Rey Don Juan Carlos I de Borbón.

Este es el título de la Ley que autoriza la abdicación del Rey y que establece el momento en el que se produce el efecto de la misma: es decir, cuando entre en vigor la Ley.

La he podido leer en la web del Gobierno de España, en la referencia del Consejo de Ministros celebrado hoy.

Se trata de un artículo único (“1.- S.M. el Rey Juan Carlos I de Borbón abdica la Corona de España/2.-La abdicación será efectiva en el momento de entrada en vigor de la presente ley Orgánica”) y de una Disposición Final Única que establece la entrada en vigor el día en el que se publique las Ley en el Boletín Oficial del Estado.

Se trata, pues, de que las Cortes Generales aprueban y autorizan la abdicación y ello porque el art. 57.5 de la Constitución dice que “las abdicaciones. . . se resolverán por Ley Orgánica” y  porque “las Cortes Generales representan al pueblo español” (art. 66.1 de la Constitución) y, en fin, porque la “soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” (at. 1.3 de la Constitución).

Posiblemente ahora parte del pueblo español entienda mejor lo importante que es ese concepto de soberanía nacional.

Valentín Cortés

 

 

lunes, 2 de junio de 2014


Lunes 2 de Junio de 2014

La abdicación

Hoy no tiene sentido dar mi  “otra opinión, la jurídica” sobre la noticia relevante (la abdicación), porque todos los medios explican jurídicamente los problemas y la trascendencia de la misma.

Pero, aun así, la voy a dar pero de otra manera.

Fui profesor de Derecho Procesal Civil del Príncipe cuando estudió la carrera de derecho en la Universidad Autónoma de Madrid. Y puedo decir que, en mi opinión, fue un alumno especialmente bien preparado y responsable. Estaba inmerso en el mundo procesal económico moderno del momento y sabía perfectamente (esa fue la pregunta que le hice en el examen oral final) los problemas de la liquidación de las pólizas de crédito como títulos ejecutivos.

Fui con él al Tribunal Supremo y allí, ante el Presidente del Tribunal Supremo y los Presidentes de Sala, fue preguntando a aquellos magistrados sobre los problemas reales del Tribunal y los de los distintos recursos de casación.

Tuvo sobresaliente, bien merecido, y puedo decir que estaba especialmente preparado en Derecho. Me imagino que esa línea la habrá seguido, en todo, hasta ahora.

Valentín Cortés