Lunes 9 de Diciembre de 2013
La decisión del Juez Instructor en relación con el Juez Silva por su actuación
en el caso del Sr. Blesa.
Lo he leído en www.cincodias.com.,
pero está en toda la prensa digital. El
Juez Instructor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido, de
acuerdo con el art. 780 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, dar conocimiento
de las diligencias llevadas a cabo a las partes acusadoras para que pidan o
bien la apertura del juicio oral, el sobreseimiento, o la práctica de nuevas
diligencias.
Este auto significa, de acuerdo con el art. 779.1.4ª de la Ley citada, que el Juez considera que los hechos
investigados son delito y que deben imputarse al Juez Silva.
Dado que el procedimiento comenzó por querella del Ministerio Fiscal,
parece claro que, salvo que se soliciten otras diligencias, el Juez ordenará en
su momento, porque así se lo pedirán las partes acusadoras - que se mostrarán
de acuerdo con el Juez Instructor - la apertura del juicio oral, en el que se
juzgará al Sr. Silva de los delitos acusados, cuya pena, si se impone, le
apartarán de seguro de la carrera judicial.
Valentín Cortés