Miércoles 24 de Junio de
2015
El tratamiento de los detenidos.
Al hilo de la discusión de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
(LECrim) en el Senado, leo en la edición nacional del diario ABC que las
asociaciones de editores y periodistas han denunciado que la prohibición de
grabaciones en las detenciones, que prevé el proyecto, pone en peligro el
derecho a la información. Es evidente que la información no es sólo una foto o
un video; la información es la divulgación de una noticia sobre un hecho, sobre
una detención, y eso se puede hacer por escrito u oralmente.
Cabe recordar que el actual art. 520.1 LECrim ya establece que la detención
se practicará en la forma que menos
perjudique al detenido en su persona, reputación o patrimonio. Puede ocurrir que la imagen, como medio de la noticia,
sea la forma que más perjudique a la persona, la reputación o el patrimonio del detenido (como fue el caso de la detención
por unas horas del Sr. Rato).
Por eso, así sin matices, me parece muy dudosa jurídicamente la
postura de esas Asociaciones
Valentín Cortés