Jueves 28 de Noviembre de 2013
La insensibilidad jurídica.
Lo he leído en www.abc.es. El Presidente del Consejo Superior
de Cámaras de Comercio de España ha manifestado que la condena al Sr. Fabra, de
cuatro años por distintos delitos fiscales, no es causa objetiva para
despedirlo de su puesto de Secretario de la Cámara de Comercio de Castellón de
la Plana.
Nos hemos hecho tal lio entre lo jurídico con lo político, lo ético con
lo estético, lo moral con lo inmoral y lo amoral, que toda una autoridad, como
debe ser este Sr. Presidente del Consejo Superior de Cámaras de Comercio, nos
viene con este producto de la insensibilidad jurídica, que no es resultado sino
de la falta de criterios, no ya morales, sino jurídicos y de la gradación de
estos.
¿De cuando un condenado por sentencia por cuatro delitos fiscales
puede seguir siendo secretario de una Cámara de Comercio? ¿Es que acaso el secretario
no es el asesor jurídico de la Cámara? Y si es así, y no se actúa con prontitud,
aunque sea sin causas objetivas, me
imagino que pocos van a confiar en la rectitud jurídica y legal de la Cámara de
Comercio de Castellón.
Valentín Cortés