Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 20 de enero de 2016


Mierco9les 20 de Enero de 2016

 

El derecho de huelga

He leído en la prensa digital que los secretarios de los dos sindicatos mayoritarios (CCOO y UGT) han pedido la derogación del art. 315.3 del Código Penal “porque castiga el derecho a la huelga y amenaza la libertad de los representantes sindicales”.

Sin embargo, esa norma castiga a “los que actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga”. Este tipo penal, precisamente, protege el derecho de huelga pues lo que castiga es que se coaccione la libertad de las personas trabajadoras, en modo tal que la huelga sea una opción libre o un ejercicio del derecho libre y voluntario.

Como se ve, la concepción de estos sindicatos del derecho de huelga y de la libertad de los representantes es técnicamente  totalitaria pues parece no admitir decisiones individuales de los trabajadores fuera de lo establecido por la cúpula del sindicato, al punto que, para ellos, debe ser legal la coacción para convencerlos.

Espero que los Tribunales no amparen esta teoría tan antijurídica.

Valentín Cortés