Miércoles 19 de Diciembre de 2018
La
nueva regulación de los arrendamientos de viviendas
El Boletín Oficial del Estado del día
18 de Diciembre publica el Real Decreto Ley 21/2018 de medidas urgentes en
materia de vivienda y alquiler, que según la norma correspondiente entra en
vigor hoy, el día después de su publicación en el BOE.
Es evidente que, además, el Decreto-Ley
tiene que ser convalidado por el Parlamento, convirtiéndose, entonces y en su
caso, en Ley.
No obstante, como norma transitoria
primera, se establece que esta regulación ex novo, lógicamente, no se aplica a
los contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad a la entrada en vigor
del Decreto-Ley, pues lo contrario sería darle efectos retroactivos a la norma
lo que, según nuestra opinión, no se justificaría en ningún caso.
Sin embargo, al modificarse parcialmente
el procedimiento para los desahucios (arts. 441,549 y 686 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil), aunque el Decreto Ley nada haya previsto, al implicar modificación de
normas procesales, éstas deben entrar en vigor y aplicarse a los procedimientos
judiciales en marcha, aunque en ellos se estén dilucidando cuestiones referentes
a contratos anteriores a la publicación del Decreto ley, pero siempre que tal aplicación no haga
retroceder las actuaciones procesales.
Valentín Cortés