Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 28 de octubre de 2015


Miércoles 28 de Octubre de 2015
 
La solución a la crisis catalana

Se ha producido lo que tantas veces he dicho en este blog: que al final la solución sería la jurídica, pues había una parte que no quería dialogar, sino desde la ruptura constitucional.

Ahora, la prensa de hoy trata de analizar los problemas que presenta la aplicación de la solución jurídica constitucional, haciendo una gradación en la respuesta que el Estado dé: y se pregunta: ¿se puede inhabilitar a 70 diputados? ¿Y si la votación es secreta? ¿Cómo se aplica una norma, como el art. 155 de la Constitución, no desarrollada por ley? Y tantas otras cuestiones. Todas ellas, y muchas más, dificultades y “astucias leguleyas” que no pueden llevarnos a no preservar los principios inmutables de la Constitución (a no ser que sea modificada por los cauces previstos en ella).

Cuando se aplica la Ley siempre hay problemas y no son los más livianos los que provienen de la interpretación; el Tribunal Constitucional, como cualquier otro tribunal, debe interpretar la Ley, y la propia Constitución, de forma sistemática y en  función del cumplimiento y salvaguarda de la Constitución. Y como no se puede violar el principio de la soberanía nacional ni el de igualdad de todos los ciudadanos, la solución final no puede ser, dado el estado de las cosas y el de su previsible evolución, sino el de la aplicación del art. 155 de la Constitución, que permite tomar e imponer “las medidas necesarias para obligar a aquella (la Autonomia) al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general”. La labor del Tribunal Constitucional deberá centrarse en decidir si las medidas adoptadas por el Senado son necesarias y conducentes a preservar aquellos principios que no se pueden violar.

Valentín Cortés