Martes 29 de Octubre de 2019
Rebajas
fiscales
He leído en www.eleconomista.es que Casado ha
presentado ante los empresarios un plan económico-fiscal que prevé una rebaja
fiscal importante y con el que se compromete a suprimir por ley los impuestos
de sucesiones, donaciones y patrimonio, amen de rebajas sustanciales en otros (
Renta, Sociedades, etc).
La rebaja de impuestos responde
obviamente, en la mayoría de las ocasiones, a razones netamente económicas, que
van de las meramente recaudatorias a las incentivadoras de actividad económica.
Pero hay ocasiones que la supresión o la rebaja del impuesto responde a razones
de absoluto carácter constitucional. En este sentido debemos tener muy claros
los principios que se establecen en el art. 31 de la Constitución. Ni se pueden
establecer impuestos confiscatorios, ni cabe contribuir a sostener los gastos públicos
fuera del principio de capacidad económica, que conllevan lógicamente no pagar
impuestos sobre actividades ya gravadas por otros impuestos. Es el caso del
impuesto de sucesiones y donaciones en ciertas situaciones familiares, y el de Patrimonio,
en todo caso, en el que la capacidad económica que permitiría el impuesto ya ha
sido gravada previamente para obtenerlo.
Solo resta que el ciudadano lo
entienda y defienda sus derechos, por los medios que tiene a su alcance, todos,
ante lo que es una actuación del Estado claramente anticonstitucional.
Valentín Cortés