Lunes 14 de Octubre de 2024
El derecho a la vivienda
Leo en www.expansión.com un amplio reportaje
sobre la manifestación habida este fin de semana en Madrid reclamando el
derecho a la vivienda que los participantes a la misma, dadas las consignas que
gritaban, identifican, entre otras cosas, con una bajada de los precios del
alquiler, la eliminación de los
desahucios por falta de pago de los arrendamientos y de los créditos hipotecarios,
y el impago, por tanto, de los cánones arrendaticios y de las cuotas de los créditos
hipotecarios. Los manifestantes denunciaban la subida en los precios del
arrendamiento en el último año en Madrid en un 15,7%.
La Constitución dice en el art. 47
que todos los españoles “tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y
adecuada”; pero ese derecho constitucional ¿frente a quién lo tienen?; o
dicho de otra manera ¿quién tiene obligaciones o deberes frente al derecho a la
vivienda de los ciudadanos?; acaso ¿ese derecho se ejerce por el ciudadano no
cumpliendo las obligaciones que tiene frente a entidades de crédito que
financian su compra o frente a terceros propietarios de las viviendas que usan?
En este blog he repetido muchas
veces que las normas jurídicas tienen que ser redactadas y creadas por técnicos
que conozcan la situación o relación que se regula y, en ese contexto, la vigente
Ley por el derecho a la vivienda ha sido redactada, como otras muchas de esta legislatura
y de la anterior, desconociendo la realidad social, económica y constitucional
en la que vivimos en relación con la vivienda: es, pues, pura ideología. Ese
derecho constitucional a la vivienda se tiene frente al Estado, que es quien o
asume el deber de darnos a todos y cada uno una vivienda digna o legisla para
que otros ciudadanos, en una economía de mercado, lo hagan: no hace ni lo uno
ni lo otro, de ahí el desastre legislativo y económico en el que está el sector
de la vivienda.
Valentín Cortés