Martes 9 de Febrero de 2021
La necesidad de celeridad en
las actuaciones del Tribunal Constitucional
He leído en www.europapress.es que el Partido Popular presentará
un recurso de amparo inmediato contra las decisiones de la Mesa del Congreso de
no aceptar dos recursos donde pedía, de una parte, la tramitación no urgente de
la Ley que limita los poderes del Consejo General del Poder Judicial, y, de otra,
que oyera el dictamen previo del Consejo. Sobre esto ya hemos escrito
anteriormente y no vamos a volver sobre ello.
Ahora me interesa poner de
manifiesto que, si el Tribunal Constitucional no se da celeridad en resolver
estos recursos, pudiera ser que su sentencia o resolución, la que sea, podría
llegar cuando la Ley estuviera aprobada por el Congreso, de donde, en caso de
ser una sentencia de amparo, ésta quedaría en la nada, pues sabemos que en el
recurso de amparo no se anulan leyes por su inconstitucionalidad.
El Tribunal Constitucional,
desgraciadamente, está ausente, como Órgano del Estado, de la determinación de
la constitucionalidad de muchas actuaciones de los poderes públicos en estos
tiempos tan difíciles que estamos viviendo en los últimos meses, y bueno sería
que, por esta vez, se evite esa inercia que denunciamos. Estamos seguros de que
se conseguirá.
Valentín Cortés