Lunes 21 de Octubre de 2019
El interés general de España
y su defensa
Creo que todos estaremos de acuerdo
en que:
-La decisión de aplicar el art. 155
de la Constitución es claramente política, por eso corresponde al Gobierno
proponerla y al Senado aprobarla; lo que ocurre es que tiene un alto y concentrado
contenido jurídico.
-En Cataluña, por la actuación del
Gobierno autonómico y del Parlamento catalán, no se está ejerciendo el poder autonómico
de la forma querida y obligada por la Constitución. Todos los días hay muestras
de ello.
-El art.155 de la Constitución permite
un amplio y variado abanico de medidas, siempre que tiendan al restablecimiento
de la legalidad y normalidad constitucional.
-La situación en Cataluña está
perjudicando gravemente el interés general de España,( al que se refiere
expresamente el citado art.) al punto que nos puede llevar, en esa parte del
territorio nacional, a un enfrentamiento y quebrantamiento de la normalidad democrática,
empezando por la violación del principio de soberanía nacional.
Dicho esto, es contrario a la
certeza y seguridad jurídicas constitucionales no aplicar (como se gusta decir ahora)
proporcionalmente el art. 155 de la Constitución en modo tal que se evite
el quebrantamiento del interés general de España, que por cierto está
por encima del interés de algunos catalanes y, por supuesto, de los partidos políticos
y sus dirigentes.
Valentín Cortés