Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 26 de octubre de 2021

 

Miércoles 27 de Octubre de 2021

Consecuencias jurídicas de la inhabilitación del Sr. Rodríguez ( y  III)

Para poner fin a esta especie de “miniserie”, diré que creo que esta inhabilitación del Sr. Rodríguez es un punto de inflexión en la deriva anticonstitucional y el fin del empeño de la izquierda extrema, desde el Gobierno, de controlar al aparato judicial. Todo indica que no ha podido conseguirlo tantas veces como lo ha intentado, que no son pocas en los últimos dos años, y tampoco lo ha conseguido ahora; antes, al contrario, ha recibido una contundente y severa “derrota” proveniente, precisamente del órgano supremo de la Jurisdicción (el Tribunal Supremo).

Por eso desde el punto de vista constitucional es muy importante que se comprenda que el Consejo General del Poder Judicial, como órgano de dirección y gobierno del aparato judicial del Estado, no puede ser un órgano jurisdiccional "político", como lo es el Tribunal Constitucional, porque al contrario de éste no incide principalmente con sus decisiones en la estructura y funcionamiento del Estado, ni es interprete principal de la Constitución( que es, no se olvide, de todos), sino que dirige y gobierna a los jueces y magistrados que están ahí para tutelar los derechos de todos los ciudadanos ( art. 24 de la Constitución), para lo que no se necesita en su seno carga ideológica y política de sus integrantes, sino conocimiento y aplicación objetiva de lo que es el Derecho. Eso pasa por desligarlo de la política; de ahí la necesidad de que a los miembros del Consejo( art. 122.3 de la Constitución), que ahora nombra el Parlamento, los elijan, precisamente, los componentes de la carrera judicial entre sus propios integrantes. Lo que coincide, además, con los criterios de la Unión Europea. Por eso, soy optimista en  pensar que la gravísima crisis del Consejo General del Poder Judicial se resolverá, y bien, en las próximas semanas

Valentín Cortés

 

Martes 26 de Octubre de 2021

Consecuencias jurídicas de la inhabilitación del Sr. Rodríguez(II)

La Sra. Ione Belarra es diputada, Secretaria General de Podemos y Ministra del Gobierno de España. En esa triple condición manifestó a finales de la pasada semana que la sentencia del Tribunal Supremo, que inhabilitó al Sr. Rodríguez, lo condenó a pesar de que las pruebas demuestran que este Sr. no estaba en el lugar de la agresión al policía en ese momento, que la condena tenía como único objetivo quitar el escaño a ese exdiputado; que el Tribunal Supremo presionó a la Presidenta del Congreso para que privara injustamente del acta de diputado al Sr. Rodríguez, y concluye con la palabra: prevaricación.

¿La inviolabilidad de los diputados de la que gozan por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones (art 71.1 de la Constitución) abarca poder calificar de prevaricador al Tribunal Supremo? ¿abarca poder calumniar?

 El Consejo General del Poder Judicial, en una nota de la que se hizo eco la prensa en el fin de semana pasado, dijo que esa manifestación excedía del derecho a la libertad de expresión. Se quedó, en nuestra opinión, corto. Un diputado puede perfectamente ejercer sus funciones y defender su ideario político sin necesidad de insultar, injuriar o calumniar. En mi larga vida como abogado, para ejercer mis funciones ( quizá tan importantes como las de los diputados) he tenido multitud de ocasiones en las que he criticado las sentencias del Tribunal Supremo para defender a mis clientes, pero para ello no he tenido que calumniar al órgano judicial. Esa es la diferencia entre crítica y calumnia que esta Sra. desconoce desde su posición política extrema, en la que cree que todo está permitido.

Valentín Cortés