Viernes 8 de Abril de 2016
La
eficacia de los acuerdos
El acuerdo entre el Partido Socialista
y Ciudadanos no es jurídico. Si lo fuera, no sólo surtiría efectos el mero acto
de firmarlo, sino, en ocasiones, los preacuerdos o, incluso, los actos preparatorios
del mismo, que también podrían tener eficacia.
Si fuera jurídico, que no lo es,
todos los actos anteriores al acuerdo o, incluso, los posteriores, podrían servir
para interpretar determinadas clausulas o partes del contrato que puedan ser
oscuras o exista divergencia entre las partes a la hora de definir su significado.
Lo que facilitaría saber qué actuaciones de ambas partes son determinantes de
incumplimiento del acuerdo alcanzado.
Además, un acuerdo no jurídico no
vincula con la fuerza coactiva que el jurídico: éste, si no se cumple, el Juez
nos puede obligar a cumplirlo y a que paguemos la correspondiente indemnización
de daños y perjuicios. Es evidente que esto no pasa con un acuerdo no jurídico.
Cuando la prensa se alarma, se
asombra y se pregunta por el cómo y el qué de la actuación del Partido Socialista
y de Ciudadanos y, desde fuera como un tercero, de Podemos, es sólo y
exclusivamente porque confunde acuerdo con
acuerdo jurídico.
Valentín Cortés