Miércoles 25 de Septiembre de 2024
Mal empezamos con las recusaciones y abstenciones en el TC
Las abstenciones y recusaciones de magistrados constitucionales en el tema de la anticonstitucionalidad de la Ley de Amnistía están motivando distintos tipos de debates de todo tipo. Nosotros nos quedamos con los legales y jurídicos.
Un principio obvio en la regulación del tema en la Ley Orgánica del Poder Judicial( art. 224.4) es que en la resolución de tales cuestiones no pueden intervenir los jueces y magistrados que estan afectados por ellas o por otras similares que se produzcan al mismo tiempo en el mismo tribunal. En el caso de la amnistía sucede eso, porque es evidente que la toma de posición en un caso condiciona la que se hará en el caso idéntico o el similar. Pues bien, hemos sabido que en la decisión de admitir la abstención del magistrado Sr Campo han intervenido algunos magistrados que están afectados por recusaciones similares o idénticas. ¿ Cómo es ésto posible?
No creo que ésta sea una buena forma de dar comienzo a la solución del problema constitucional, sin duda, más importante que tiene la sociedad española.
Valentín Cortés