Lunes 3 de Junio de 2013
La legalidad y la honorabilidad.-
Un constructor que hizo obras en una de las casas del Presidente del
Palau de la Música de Barcelona, pasó la factura al Palau y para ello facturó conceptos
falsos de obras en el Palau. Este señor ha declarado, como imputado, ante el
Juez (vid. edición de hoy www.larazon.es)
que cree que lo que hacía era legal, porque la persona de la que se trataba y
pidió esas facturas era honorable, había sido condecorado por todas las Administraciones
e iba a ser nombrado hijo predilecto de Barcelona. Se refería al Sr. Millet que
está imputado por distintos delitos en el llamado caso Palau
Yo no soy nadie para poner en duda las creencias o pensamientos del
constructor, pero desde luego puedo decir que sus conocimientos jurídicos son nulos.
Y es grave que así sea siendo empresario.
En cualquier caso, yo que soy jurista, esta noticia me ha traído a la
memoria el amplio elenco de principios jurídicos que incluye el Título Preliminar
de nuestro Código Civil; así, la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento
(art.6.1); la ley no ampara el fraude de ley( art. 6,4); los derechos deberán ejercitarse
conforme a las exigencias de la buena fe;(art. 7.1); la ley no ampara el abuso
del derecho o el ejercicio antisocial del mismo(art.7.2).Por no hablar de otras
cosas más complicadas.
Así, pues, son principios tan básicos que incluso un desconocedor del Derecho
como el constructor, seguro, que los tiene incluidos en su acervo cultural. Y
si no es así, debe aprehenderlos rápidamente, para no confundir honorabilidad
con legalidad.
Valentín Cortés