Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 18 de octubre de 2024

 

Viernes 18 de Octubre de 2024

El Fiscal General y las dudas sobre la constitucionalidad de la amnistía

Cuando en su momento leí la cuestión de inconstitucionalidad que el Tribunal Supremo (TS) presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) sobre la ley de amnistía en su conjunto me pareció, y creo que así lo dije en este blog, un monumento jurídico-constitucional difícil de igualar; pero, por un momento, he pensado ahora que debía estar muy equivocado porque he leído hoy en www.europapress.es que el Fiscal General se opone a la admisión a trámite de dicha cuestión y, en su caso, a su aceptación en el fondo, al considerar que existen defectos formales, pues “no se citan los preceptos legales ( ¿constitucionales?) supuestamente vulnerados” y la duda del TS, en todo caso, se “refiere a la constitucionalidad de la ley en su totalidad”

Me he ido a la Constitución y he leído de nuevo el art. 163 y confirmo que, efectivamente, cualquier tribunal que considere que cualquier “norma con rango de ley aplicable al caso, pueda ser contraria a la Constitución” debe plantear la cuestión ante el TC. Entonces, he pensado que efectivamente, en este tema, el problema es que cualquier regulación de la amnistía, con su catálogo de normas para su aplicación y desarrollo, es anticonstitucional. Y porque se cuestiona que la amnistía sea constitucional en su conjunto se cuestiona que, efectivamente, el Parlamento pueda promulgar esa ley. Lo que se pregunta al TC no es si una norma u otra de la ley de amnistía es o no constitucional, sino si esta amnistía es o no admisible constitucionalmente en nuestro ordenamiento, porque si no lo es ( y esa es la duda que tiene el TS) por lógica esencial y básica ninguna de las normas de la ley, que desarrollan la amnistía de los sediciosos catalanes puede ser constitucional y, en ese caso, ninguna puede aplicarse.

En cualquier caso, todavía me quedan dudas a mí, ahora muy acrecentadas, de lo que pueda decir el TC.

Valentín Cortés