Miércoles 20 de Octubre de 2021
El Tribunal Supremo y la Mesa del Congreso
La decisión de la Mesa del Congreso
de no retirar el acta de diputado al Sr. Rodríguez, de Podemos, condenado por
el Tribunal Supremo accesoriamente a inhabilitación para el derecho de sufragio
pasivo, ha levantado la correspondiente polvareda política que los medios
recogen ayer y también hoy.
Desde el punto de vista jurídico el
problema se reduce a constatar que el órgano que ejecuta las sentencias penales
es el órgano judicial competente (art. 990 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
La Mesa del Congreso no ejecuta la sentencia, su misión es “hacerla realidad”;
por eso no puede hacer nada más que realizar los actos que sean necesarios,
dentro de su competencia, para llevar a cabo el mandato contenido en la sentencia
de condena: en definitiva, retirar el acta de diputado al Sr. Rodríguez. Exactamente
lo mismo, mutatis mutandi, que hace el policía que detiene al condenado
y lo lleva a prisión cuando éste no lo hace voluntariamente.
Luego, en este caso, no hay cuestión jurídica:
solamente, parece ser, que estamos en presencia de una estrategia política
(pienso yo que de poco recorrido) para atrasar la ejecución de la sentencia tal
como ha sido ordenada por el Tribunal Supremo.
Valentín Cortés