Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 23 de febrero de 2022

 

Miércoles 23 de Febrero de 2022

La Fiscalía investiga hechos que cree no tienen trascendencia penal

Hoy culmina el curso noveno de este blog, pues mañana hará diez años (el 24 de Febrero de 2013) que empezamos a publicar nuestras opiniones jurídicas; han sido en total 1.832 las que se han publicado en el blog durante estos nueve años.

Curiosamente, lo mismo que hicimos en la primera opinión publicada, hacemos en esta: acudir a la Ley de Enjuiciamiento Criminal para comprobar si algo ha cambiado de lo que yo tengo asumido después de tantos años dedicado al Derecho Procesal. Lo digo al hilo del Decreto de la Fiscalía Anticorrupción ( vid. la prensa digital de hoy) que abre diligencias de investigación en razón de las denuncias presentadas, centradas en el contrato por el que el Sr. Ayuso, hermano de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, cobró una suma de dinero en la adquisición de mascarillas en plena pandemia. Adelanto, que como entonces, la ley no ha cambiado.

Dice la Fiscalía que no se terminan de formular imputaciones penales concretas, con lo que, si acudimos al art. 269 de la Ley citada más arriba, no hubiera sido posible admitir y tramitar tales denuncias, porque, según la ley, elemento esencial de ellas es que relaten hechos con apariencia de delito para que se comprueben.  Es la propia Fiscalía la que nos dice que no “se concreta ninguna imputación penal”, por lo que no se entiende para qué, y en base a qué, investiga unos hechos que, pudiendo ser ilegales (¿desde el punto de vista mercantil, fiscal, administrativo?), no se presentan como delictivos. Da la sensación de que se investiga (a nadie, eso dice la Fiscalía) por si acaso. Por lo que con tan inapropiada aplicación del art. 269 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se desdibuja completamente lo que es la investigación criminal y se puede dar entrada a una investigación que el único camino conocido que tenga sea la degradación política de personas concretas.

Valentín Cortés