Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 28 de febrero de 2013


Miércoles, 28 de Febrero de 2013

Respetar a la Jurisdicción

El  lunes pasado hablaba de las querellas como instrumento equivocado de la lucha política; ahora leo en el Mundo digital de 28 de Febrero que Izquierda Unida (IU) ha presentado este jueves en la Audiencia Nacional la querella que había anunciado contra los ex tesoreros del PP Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta, los ex miembros de la cúpula del partido Rodrigo Rato, Ángel Acebes y Federico Trillo, así como ocho empresarios, por la supuesta 'contabilidad B' en la formación política. Al parecer Izquierda Unida presenta la querella conjuntamente con Ecologistas en Acción, las asociaciones Justicia y Sociedad y Libre de Abogados y Los Verdes; los delitos acusados, según el periódico, son once. Aquí tienen un ejemplo de lo que decía.

 

 La Ley de Enjuiciamiento Criminal, sabiamente, permite la acción popular desde su promulgación (art.101) y la Constitución la consagra (art.125); así, que nada tengo que decir porque se ejerza la acción popular. Pero las querellas, que son el medio de ejercitar la acción popular ((art. 270 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), tienen que acusar de la comisión de delitos relatando circunstanciadamente hechos concretos, y no veo como los querellantes pueden ser conocedores de estos hechos que dan lugar a la comisión de, nada  menos, que once delitos distintos; máxime cuando la Fiscalía anticorrupción está investigando y todavía no sabe qué fue lo que ocurrió. Según el periódico, los querellantes afirman en su querella que los ex tesoreros y los entonces miembros del Gobierno y altos cargos del partido "recibían una cantidad de dinero o bien mercancías, servicios y otros regalos en especie en pago por haber violado la ley" a cambio de adjudicaciones a los empresarios, "defraudando así a la sociedad y haciendo primar exclusivamente su propio y desmedido afán de enriquecimiento".

No veo claro que se cumpla lo dispuesto en el art. 270 Ley de Enjuiciamiento Criminal y sí veo claro que se quiere utilizar el mecanismo legal para conseguir fines políticos: repito lo que ya dije: utilizando métodos equivocados no se consiguen los fines perseguidos.

 

Valentín Cortés

 

miércoles, 27 de febrero de 2013


Miércoles, 27 de febrero 2013.

 

La huelga de los jueces

 

De nuevo remito a los lectores al vínculo que sigue; en él podrán enterarse de lo que proponen los técnicos nombrados por el  Consejo de Ministros al Ministerio de Justicia como  proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con la posibilidad de huelga de los jueces y magistrados.


No proponen nada; así lo dicen en la Exposición de Motivos, porque, aducen,  entre ellos no ha habido acuerdo y porque el tema es delicado. Yo creo que el tema es fundamentalmente jurídico y, sin duda, debería afrontarse de una vez.

Los jueces y magistrados forman parte del Poder Judicial, (son Estado, pues: art.124 de la Constitución); son independientes, inamovibles, y están sometidos únicamente a la Constitución y a la Ley. Sus resoluciones son ejecutivas, todos tienen que cumplirlas y acatarlas, y no pueden ser alteradas en el tiempo, deciden sobre nuestros derechos e intereses y sobre nuestra libertad. Ese poder no lo tienen conferido por desarrollar una labor o tarea laboral o profesional, ni por ser buenos profesionales, sino por ser órganos del Estado, con todas las ventajas y con todas las servidumbres.

Solo una lectura inadecuada de la Constitución, de la Ley Orgánica del Estado y demás leyes de nuestro Ordenamiento ha permitido hasta ahora que un Órgano del Estado se pueda poner en huelga, por los motivos que sean, que da lo mismo.

Valentín Cortés

 

martes, 26 de febrero de 2013


Martes, 26 de febrero de 2013

 

Los jueces y la prensa


En el vínculo que encabeza esta opinión pueden encontrarse las propuestas del Ministerio de Justicia para reformar, a lo que aquí interesa, la Ley Orgánica del Poder Judicial. Quiero referirme al art. 45,3 en donde se prohíbe a los jueces y asociaciones judiciales hacer valoraciones de actualidad en los medios de comunicación sobre los asuntos pendientes ante los Tribunales y sobre las resoluciones judiciales. Fuera quedan los artículos y las opiniones doctrinales o científicas.

Junto a otras reformas de calado, que en su momento comentaré, ahora me llama la atención esta, porque está de absoluta actualidad y, bajo mi punto de vista, además,  acierta: hemos oído no hace mucho tiempo a jueces y a jueces Decanos comentar actuaciones judiciales relativas a los desahucios que parecían más propias de legisladores que de aplicadores de la Ley, donde se teorizaba sobre lo que deberían hacer los demás que tuvieran casos de este tipo; iguales comentarios de jueces  son generalizados acerca de la popular “dación en  pago”, o de cualquier otro tema, que todo se oye por la TV. Cualquier Juez está dispuesto a atender la llamada de la TV y a exponer su opinión sobre las actuaciones pendientes en los órganos judiciales españoles y sobre las sentencias que dictan sus compañeros.

Que la prohibición  se tenga que plasmar en la Ley, indica el grado de desconcierto en el que se mueve la Administración de Justicia

 

lunes, 25 de febrero de 2013



Lunes, 25 de Febrero de 2013

La palabra fulminante

Los políticos, por lo que leo en la prensa, oigo en las emisoras de radio y veo en TV, tienen el convencimiento de que con la palabra tumban a sus contrincantes. Salen en TV, con la frase preparada, ponen cara seria, enfatizan y (...) se supone, el enemigo ha caído fulminado. ¡Buscan desesperadamente la palabra fulminante!

 Ahora, han descubierto una: “la querella” que, como decía un antiguo conocido, había que “ponerlas a pares”. No hay día  en que algún político advierta al contrario de que como no “ponga” una querella de forma inmediata su credibilidad será nula y de que, peor aún, quedaran demostradas todas las ocurrencias de cualquiera que haya subido al estrado, haya escrito un papel,  o haya hecho una declaración más o menos pública. Realmente, se echa de menos un poco de formación jurídica en nuestra clase política.

Las querellas (que no se ponen, se interponen) no arreglan los problemas políticos y mucho me temo que se está equivocando el sistema y el método de acabar con el contrincante; por eso hablan ellos, y la gente de la calle, porque de ellos aprendemos, de la lacerante lentitud de la Justicia; quisieran que también la Justicia se adhiriera, sin  más, a la palabra fulminante con una sentencia igualmente fulminante. Si echan mano de lo jurídico, deberían conocer los elementos del medio y no cometer disparates.

Valentín Cortés

domingo, 24 de febrero de 2013


Secreto sumarial

Muchas veces leo los arts. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre el secreto de las diligencias sumariales, por si acaso, en una de estas, los han  modificado o suprimido. Hoy he vuelto a leer el art. 301 de esa ley y todo sigue igual: “las diligencias del sumario serán secretas hasta que se abra el juicio oral”. La ley quiere que las diligencias sean secretas para terceros, porque  su contenido  puede afectar grave y gratuitamente a la honorabilidad de las personas que intervienen en esas diligencias. Incluso hay sanciones para los abogados y procuradores que violen ese mandato legal; también para los funcionarios del Juzgado que lo violaran, e incluso para los terceros.

Hoy nos hemos enterado, con  pelos y señales, de lo que ha declarado el Sr. Urdangarín; ayer nos enteramos de los que había declarado el Sr. Torres; el otro día pudimos ver el video, con sonido, de la declaración de una persona, imputada, que se hacía en otras diligencias sumariales.

Lo sorprendente es que nadie está sancionado; y más todavía es que nadie se escandaliza de este estado de cosas. Tampoco los jueces en cuyos Juzgados esa violación de la Ley se confunde neciamente con la libertad de expresión.

Valentín Cortés