Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 30 de mayo de 2014


Viernes 30 de Mayo de 2014
 
Las declaraciones del Presidente de la CEOE
Dice el Sr. Rosell, Presidente de los empresarios españoles, en relación con el referéndum secesionista del Sr. Mas, que “hay que cambiar la legalidad lo que haga falta para que sea flexible y adaptarla a la realidad”.( lo he leído en www.expansion.com).
Me recuerda lo que ayer dijo el Sr. Mas en relación a la promulgación de una ley autonómica que daría legalidad a la consulta(¡): bastaría con que el Estado “mirara para otro lado”( eso dijo ante los empresarios catalanes). En uno y en otro caso la ley aparece como pura forma, puro instrumento, y, por ende, la Constitución se tiene que adaptar a la ley-instrumento que en cada momento queramos utilizar.
Bien es verdad que ninguno de los dos es jurista, pero teniendo, como tienen ambos, un campo amplísimo de responsabilidad, deberían entender que la ley es más que forma e instrumento y que la Constitución, como cualquier regla de juego, y por cierto serio, no debe cambiarse “lo que haga falta, para que sea flexible”, porque entonces se acaba el juego.
Valentín Cortés
 

jueves, 29 de mayo de 2014


Jueves 29 de Mayo de 2014

La devolución de cantidades ilícitamente obtenidas en los delitos económicos

La noticia la leo en www.europapress.es. Unos directivos de la extinta Caixa Penedés, a los que se les estaba juzgando por distintos delitos cometidos al autoconcederse fondos de pensiones y beneficios por otras pólizas, han manifestado al Juez que han devuelto el dinero percibido y han renunciado a lo que faltaba por cobrar.

Es un caso prácticamente insólito en nuestra Justicia; lo hecho por estos señores sintoniza bastante con la idea de justicia que tienen los españoles en relación con los delitos económicos, en donde lo primordial no es la prisión sino la devolución del dinero ilícitamente percibido.

 Por eso creo que el Juez ha acertado, en contra del criterio del Ministerio Fiscal, al aplicarle la circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal establecida en el art. 21.5ª del Código Penal (reparación del daño ocasionado a la víctima, en este caso el Banco Mare Nostrum), con lo que los imputados no evitan la pena pero sí la atenúan, en este caso no ingresando en prisión.

No es un mal ejemplo para otros casos que todos tenemos en la cabeza.

Valentín Cortés

 

 

 

miércoles, 28 de mayo de 2014


Miércoles 28 de Mayo de 2014

 

El accidente de ferrocarril de Santiago y la colaboración con la Justicia.

Los dirigentes de Adif, imputados por el accidente, no han querido declarar ante el juez. Leo en  www.elmundo.es que la Plataforma Victimas Alvia04155 ha mostrado su “gran dolor, tristeza y estupor” por esta no declaración que tildan de estrategia y de no colaboración con la Justicia, como sí ha hecho, según ella, el maquinista del tren accidentado.

Conviene recordar que no declarar, ejerciendo un derecho constitucional reconocido en el art. 17.3 de la Constitución, que va más allá y es más amplio que el que reconoce el art. 24.2 de la Constitución( no declarar contra sí mismos) quizá se deba a una estrategia, quizá pueda producir dolor y tristeza en terceras personas, pero nunca puede ocasionar ni estupor ni puede ser tildado de falta de colaboración con la Justicia, porque si así se hiciere estaríamos potenciando y permitiendo censurar y perturbar el derecho fundamental que unos ciudadanos han decidido ejercer, frente a lo que nada podemos hacer los demás, si no es respetarlo.

Valentín Cortés

 

martes, 27 de mayo de 2014


Martes 27 de Mayo de 2014

 

El delito contra la integridad moral

La prensa digital recoge una noticia difundida por la Agencia EFE, en la que se da cuenta de que la Audiencia Provincial de Sevilla ha deducido testimonio de los hechos que considera pueden ser constitutivos de un nuevo delito contra la integridad moral de los padres de la chica sevillana asesinada por Carcaño, quien ha dado hace semanas la octava versión referente a lo sucedido y a lugar donde se encuentra el cadáver.

Yo creo que acierta la Audiencia porque lo que está haciendo este Carcaño supone un trato degradante que menoscaba gravemente la integridad moral de estos padres (art. 173 del Código Penal), o si queremos su dignidad, que es, en definitiva, lo que consagra la Constitución como un bien y un derecho fundamental. Recuérdese que el art. 15 de la Constitución establece que todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura o tratos inhumanos o degradantes.

La Audiencia lo que hace es deducir el correspondiente testimonio de los hechos que considera degradantes y contrarios a la dignidad de estos padres, de los que ha tenido noticia, para que el Ministerio Fiscal y las víctimas decidan si inician acciones penales contra este sujeto.

Valentín Cortés

lunes, 26 de mayo de 2014


Lunes 26 de Mayo de 2014

 

La redacción por un juez de un proyecto de constitución catalana.

Este Juez ha declarado ante el instructor del expediente que le ha abierto el Consejo General del Poder judicial, ya que, en principio, se piensa que el juez ha podido incurrir en alguna de las prohibiciones que se recogen en el art. 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Está recogida la noticia en toda la prensa digital de esta tarde.

Lo más llamativo de esa declaración no es que su contenido claramente ofende a la inteligencia del que la pueda leer, sino que ofende a la inteligencia del que la recibe que, a la postre, es un representante del Consejo General del Poder Judicial; y a pesar de eso, se hace la declaración con ese contenido.

Lo más trascendente de esta declaración, (¡hasta ahí llega el deterioro!), es que el Juez provoque al Consejo a que le pida que cese en su actividad y, en su caso, anuncie que va a  recurrir a las instancias internacionales.

El Consejo, lo que tiene que hacer es, si cree que el juez ha quebrantado sus obligaciones, es sancionarlo; y el Juez sabrá si debe o no cesar en su actividad.

Valentín Cortés

viernes, 23 de mayo de 2014


Viernes 23 de Mayo de 2014

Los jueces y la justicia universal.

He leído en www.europapress.es que la Sra. Vicepresidenta del Gobierno ha manifestado, tras el Consejo de Ministros, que los jueces están obligados a aplicar la Ley, refiriéndose a la de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial referente al art. 23 y la llamada justicia universal.

Siempre he huido del juicio de intenciones, pero las palabras de la Vicepresidenta nos muestran que ella está haciéndolo de forma clara y contundente; por eso son  muy graves: están diciéndonos que los jueces no aplican la reforma de la llamada justicia universal sino en los temas que causan escándalo en la sociedad (narcotráfico) y no en los que tienen un claro matiz  político, que causa graves conflictos al Estado Español.

El Juez Andreu dijo ayer que la reforma es una “chapuza”, olvidándose de la prohibición, que le vincula según el art. 395,1ºLOPJ, de no censurar los actos de los demás poderes estatales. Y hoy nos hemos enterado que la muerte de un español en Chile, durante la represión de Pinochet ha sido calificada de terrorismo (¡) por un auto de un día después a la promulgación de la Ley de reforma. Antes no tenía esa calificación. Lo que le permite al Juez seguir conociendo. (Véase el auto de 23 de Mayo de 2014 del Juez Ruz en www.elmundo.es.)

Pero, actuando de esta manera, es como se pierde la autoridad y el respeto de la sociedad y se da cabida a los juicios de intenciones.

Valentín Cortés

jueves, 22 de mayo de 2014


Jueves 22 de Mayo de 2014

 

La obligación de prestar la colaboración requerida por los Jueces.

Hoy viene en toda prensa digital la noticia de que la Guardia Civil, siguiendo las instrucciones de la Juez Alaya, ha entrado en las dependencias de la Junta de Andalucía y se está llevando documentación referente a los cursos de formación  de UGT presuntamente fraudulentos.

Parto de la base de que el órgano judicial, en este caso,  actúa correctamente y por eso conviene que recordemos que la obligación de prestar la colaboración que se nos puede requerir por los Jueces alcanza a todos y tiene, fíjense bien, carácter constitucional. Dice el art. 118 de la Constitución que es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los jueces y tribunales, “así como prestar la colaboración requerida por estos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto”.

¡Poca colaboración ha conseguido la Juez si es que ha tenido que mandar a la Guardia Civil!

El grado de deterioro y falta de sensibilidad y formación jurídicas, posiblemente, hacen que, en ninguno de los medios que he leído, alguien se escandalice del incumplimiento patente por la Junta de Andalucía de su obligación constitucional.

Valentín Cortés

 

 

miércoles, 21 de mayo de 2014


Miércoles 21 de Mayo de 2014

 

CiU y los aeropuertos españoles

 

He leído en www.elconfidencial.com una noticia confusa que el periódico digital titula “CiU pedirá a la UE el fin de la Ley que obliga a pasar por Barajas vuelos internacionales”. Lo lleva CiU en su programa a las elecciones europeas. Desconocía que esto fuera una exigencia de AENA, pues yo he tenido que volar a Barcelona para poder ir, alguna vez, al extranjero.

Pero, lo traigo a colación porque en los debates, también en los jurídicos, y este es planteado jurídicamente por CiU, es muy difícil entenderse si una de los que debaten está “fuera de sintonía”, negando la base misma de la discusión jurídica. Así, cuando se arremete contra la legalidad de la gestión de Aena, centralizada, para  escándalo del Partido en cuestión, se olvida, o quiere olvidarse, que el art. 140,1,20ª de la Constitución establece como materia de competencia exclusiva del Estado los “aeropuertos de interés general, control de espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo”.

El problema de discutir con CiU es que es un interlocutor que no respeta la base jurídica que tenemos (la Constitución) y actúa y habla como si no existiera. Así es imposible discutir o, siquiera, hablar seriamente.

Valentín Cortés

martes, 20 de mayo de 2014


20 de Mayo de 2014

 

La justicia universal del Juez Pedraz

 

El Juez Pedraz (www.elmundo.es)ha decidido seguir con la investigación del asalto a la Embajada Española en Guatemala en Enero de 1980. Acierta plenamente: la Embajada es territorio español y en ella  se atentó contra ciudadanos españoles y no es equivocado investigar quienes fueron realmente los autores de las muertes y de los daños a españoles. Entra de lleno en el art. 23 LOPJ, últimamente modificado.

Ahora bien, teniendo en cuenta la fecha del atentado, parece evidente que mantener esa llamada justicia universal a todas luces ineficiente, parece ridículo y es un verdadero sarcasmo jurídico que no se merecen las victimas ni los ciudadanos españoles que pagamos con nuestro impuestos a los servidores de esa pretendida justicia universal.

De otra parte, aprovechar ese caso para mantener que se tiene jurisdicción para conocer de los delitos de genocidio por las matanzas de guatemaltecos en los años 1978 y siguientes, ni tiene fundamento ni base jurídicas razonables, pues la causa para enjuiciar a los asesinos de la Embajada no se perjudica (tal como mantiene erróneamente el Juez) por no enjuiciar a los asesinos de los ciudadanos de Guatemala que cayeron en los años de dictadura.

Si pudiéramos aconsejar al Juez, que no lo creo posible, yo le diría que instruya sin demora el asalto a la Embajada y se atenga a la Ley en lo referente a lo demás.

Valentín Cortés

lunes, 19 de mayo de 2014


Lunes 19 de Mayo de 2014

 

El informe del Banco de España en materia de desahucios judiciales

El informe de hoy, que se da sobre datos estadísticos de 2013 de la propia Banca y no de encuestas como en años anteriores, es muy importante porque demuestra la realidad de los desahucios en nuestro país. Datos que si son analizados, en la frialdad de los números (nada compatible con un  desahucio de vivienda habitual), nos muestran un país más sano de lo que hemos podido creer en los meses pasados. Recomiendo, pues, su lectura en www.bde.es.

Es importante destacar que el porcentaje de entregas de viviendas habituales en relación con el número de hogares con hipoteca fue del 0,66%, y que el porcentaje de entregas en dación de pago en relación con el total desahuciado fue del 32,5%.

Desgraciadamente son muchas las familias que no han podido seguir pagando la hipoteca de su vivienda, pero eso no significa que se hayan quedado sin hogar: es de suponer que en ese caso estarían las 147 familias cuyas viviendas habituales fueron desalojadas forzosamente.

Valentín Cortés

 

viernes, 16 de mayo de 2014

Viernes 16 de Mayo de 2014

La confusión jurídica nunca da resultado


He leído en ABC una  noticia que, si está bien tomada y bien dada, demostraría la confusión jurídica en la que se mueve el Sr. Mas (¿intencionadamente?).
Primero, dice que quiere hacer la consulta secesionista para no tener que convocar unas elecciones plebiscitarias, que entiende son “un mayor conflicto”.Deberemos estar agradecidos.
Segundo,dice que ha llegado la hora de “no cerrar en falso el encaje de Cataluña en España”, como, dice, ha pasado tradicionalmente en el pasado. Pero,¡no sé cómo se puede hablar de encaje y hacer todo lo posible para irse de España!.
Tercero, manifiesta que la Constitución no puede ser como una apisonadora para aplastar la voluntad de los catalanes, con lo que desprecia lo que es la Constitución.
Y cuarto dice que no cree en la viabilidad de la propuesta federal que propone el PSOE(que parte de la renuncia al derecho a decidir y de la unidad de España) porque no la apoya el PP.¿y si la apoyara, creería?

Lo mas importante para salir de tamaña confusión es que comprenda que la Constitución no es ni puede ser una apisonadora para nadie y que no siga amenazando al resto del país con males jurídicos ni tampoco con mayores conflictos; pero sobretodo, que cumpla la Ley.  

miércoles, 14 de mayo de 2014


Jueves 15 de Mayo de 2014

 

El diputado que no dimite

He leído en www.abc.es que un diputado regional asturiano del IU, condenado por prevaricación, no quiere dimitir  ya que piensa recurrir ante el Tribunal Supremo en recurso de casación. Argumenta que no se aferra a su puesto, sino a su derecho de defensa.

Con independencia de que se puede aferrar a su derecho de defensa, sin aferrarse al puesto, yo creo que es importante que aprendamos en nuestra sociedad a respetar los derechos procesales. El derecho al recurso, efectivamente, es parte esencial del derecho de defensa y del derecho a la tutela judicial efectiva, que es la piedra angular de nuestro sistema de derechos procesales. Por eso estoy de acuerdo con este señor cuando clama por no ejecutar, en la práctica, parte de la sentencia que todavía no es ejecutable, pues ello haría ilusorio, en la práctica, el ejercicio de su derecho constitucional de defensa y tutela efectiva. Posiblemente ejercer, con ese añadido, su derecho a la tutela efectiva no sea políticamente correcto, pero eso es otra cosa.

 

Valentín Cortés

Miércoles 14 de Mayo de 20014

 

Suma y sigue de la Juez Alaya

 

Hemos podido saber hoy que la Juez Alaya ha imputado, en el caso de los EREs falsos, a los altos cargos de la Agencia de Inversión y Desarrollo Andaluz que, en su momento, pagaba las ayudas que concedía la Consejería de Empleo del Gobierno Andaluz. Los acusa de prevaricación, malversación y falsedad.

Con independencia de  que la instrucción de la Juez nos está representando un sistema de corrupción generalizada, en donde la insensibilidad jurídica de la clase dirigente andaluzada parece que no tenía limite, lo llamativo desde el punto de vista procesal es que esta instrucción se está llevando a cabo, al menos eso se percibe desde fuera, sin las necesarias ayudas de los poderes públicos andaluces ( Andalucía tiene transferidas las competencias en Justicia) que es obligado aportar, amén de que sería conveniente prestar para deshacer, en un sentido o en otro, las dudas que puede plantear a la sociedad este tipo de macro-instrucciones. Porque, si al final, la Juez está en lo cierto, quizá a alguien se le ocurra enjuiciar esta falta de colaboración.

Valentín Cortés

 

martes, 13 de mayo de 2014


Martes 13 de Mayo de 2014

El caso Faisán

He leído en www.abc.es que el Fiscal del Tribunal Supremo ha defendido,  en la vista del recurso de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, que no se puede condenar a los policías por colaboración con banda armada porque el chivatazo, probado, no benefició a ETA ni los policías tenían intención de ello.

Si la intención es, en este caso, elemento tipificador de los hechos como colaboración con banda armada, constituye un problema jurídico que, sea cual sea la solución que le dé el Tribunal Supremo, tendrá sus consecuencias de futuro.

Pero que el chivatazo no beneficiara a Eta, porque benefició al “proceso de paz” del Sr. Zapatero, es lisa y llanamente un problema atinente a la inteligencia, que por bien de la Justicia debe resolverse, precisamente, inteligentemente.

Valentín Cortés

 

lunes, 12 de mayo de 2014


Lunes, 12 de Mayo de 2014

 

El censo y el referéndum secesionista

 

He leído en ABC, en la sección España, que el Gobierno se propone perseguir política y legalmente la elaboración de un censo electoral como el que pretende hacer la Generalidad para la celebración del referéndum secesionista.

Me parece que no hay más censo que el que se ha elaborado, y se elabora, por el Estado con fines electorales y en el que es pieza fundamental la actividad de los distintos Ayuntamientos de España. De modo que el que pueda elaborar la Generalidad será ilegal y nulo de pleno derecho.Y el que hay no se puede utilizar para lo que quiere la Generalidad

Otra cosa es que, para aquella elaboración, se utilicen los datos del censo electoral existentes en cada uno de los municipios españoles. Aquí la “persecución legal” (delito de prevaricación, suspensión de funciones del Ayuntamiento ley de protección de datos, etc.) es fundamental que la lleve a cabo el Gobierno y el Ministerio Fiscal; como es fundamental que la Administración de Justicia esté a la altura de las circunstancias. En eso, entre otras cosas, consiste el Estado de Derecho

Valentín Cortés

viernes, 9 de mayo de 2014


Viernes 9 de Mayo de 2014

La imputación  de los altos cargos de Adif.

Todo aquel que me siga en este camino de opiniones jurídicas, que es difícil que tenga fin, sabe lo critico que he sido con el Juez que lleva la instrucción de los hechos por las muertes ocasionadas por el tristísimo accidente ferroviario de Santiago de Compostela. Llevar la responsabilidad hasta donde la lleva el Juez le abre un camino como el de mis opiniones: un camino sin fin. Utilizando esa lógica, creo yo, podría seguir imputando a mucha más gente.

No es de esto de lo que quiero hablar. He leído en www.elmundo.es que el juez en su auto dice que estos señores, ex altos cargos de Adif, son imputados por “potenciales autores de un delito contra la seguridad colectiva y participes de un delito de homicidio y lesiones por imprudencia grave”. Es decir, si leemos en castellano, se trataría de autores que pueden existir, pero que aún no existen.

Yo tenía entendido que se imputa, o se procesa, porque existen indicios racionales de criminalidad en la actuación concreta de una persona.

Lo digo con el máximo respeto: Ni comparto la lógica de este Juez ni su concepto de potencial autor como determinante de la imputación.

Valentín Cortés

 

jueves, 8 de mayo de 2014


Jueves 8 de Mayo de 2014

La inviolabilidad del Rey

He leído en www.elmundo.es que el Juez Pedraz no ha admitido a trámite una querella interpuesta por un abogado  contra el Rey y Felipe González, basándose al parecer en los relatos de la Sra. Pilar Urbano en un libro de reciente publicación. La querella era por el delito de rebelión.

De lo que se deduce de la noticia, me parece sorprendente que, en relación al Rey, el juez se entretenga en afirmar que  no se aprecian indicios suficientes que permitan la investigación penal de los delitos denunciados. Es verdad, también según la noticia, que el juez ha recordado en su auto el art. 56.3 de la Constitución que establece que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Por eso mismo, la vigencia de esa norma constitucional le forzaba a rechazar la querella, al menos en lo que se refiere al Rey, sin más argumento que el art. citado, sin necesidad de entrar en calificaciones jurídico-penales de los hechos, de modo que, si la realidad es como narra la noticia, sería una actuación judicial realmente sorprendente y  fuera de lugar.

Valentín Cortés

miércoles, 7 de mayo de 2014


Miércoles, 7 de Mayo de 2014

 

La acción popular.

El presidente de la Comunidad de Madrid, Sr. D. Ignacio González, ha sido objeto de dos querellas criminales a cuento de un ático que, al parecer, tiene en Marbella. Sus acusadores mantienen que se ha comprado en fraude fiscal.

El Fiscal del Tribunal Supremo ha informado en el sentido de no admitir la querella a trámite, dado que los hechos que se relatan no son delito. Posiblemente el Tribunal Supremo hará lo que le dice el Ministerio Fiscal.

Hoy, al leer la noticia, he sabido para mi sorpresa que las querellas han sido interpuestas por la llamada Asociación de afectados por la gestión de la televisión pública madrileña (ex trabajadores de Telemadrid) y por el PSOE de Madrid.

Puede ser que la finalidad de las querellas sea jurídica, no seré yo quien lo niegue, pero el legislador debería modificar la ley para que no quepa que este tipo de entidades interpongan querellas que tienen un altísimo componente político y dan la apariencia de venganza política. Porque la Justicia sufre y se resiente con este tipo de actuaciones.

Valentín Cortés

 

martes, 6 de mayo de 2014


Martes 6 de Mayo de 2014

 

La confirmación de la imputación de la Sra. Álvarez en el asunto de los EREs falsos.

Yo lo he leído en www.elconfidencial.com ,pero está recogido en toda la prensa digital de esta tarde. La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la imputación de la Sra. Álvarez porque está acreditado, al menos de forma indiciaria, que el uso ilegal de los fondos públicos estuvo facilitado y propiciado por un método ideado por la Sra. Álvarez para dotar de dinero público las partidas arbitrariamente administradas por la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.

La confirmación de la imputación tiene la importancia jurídica de dar apoyo a la base estructural de todo ese macro sumario en donde cada uno de los imputados tiene un papel en la “gran estafa pública” que supuso dar dinero público en EREs fraudulentos.

Desde fuera, porque es evidente que no conozco el sumario, esta confirmación de la imputación parece que abre definitivamente las puertas para el traslado de la causa al Tribunal Supremo, porque si esta señora aparece como la que ha ideado el método, la conclusión, desde el ángulo visual de la Juez, es que el Gobierno andaluz fue el que permitió, a conciencia, la aplicación del mismo.

El final, tiene todos los visos, de estar cerca.

Valentín Cortés

lunes, 5 de mayo de 2014


Lunes 5 de Mayo de 2014

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el fantasma del Tribunal Europeo.

De modo que (lo he leído en www.expansion.com) el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ante la recusación del Juez Silva de una Magistrada que formaba el Tribunal que lo había de juzgar por prevaricación, a pesar de que a esa Magistrada “no le concierne elemento alguno que cercene su imparcialidad”, para “preservar la imagen de la Justicia”, admite la recusación fraudulenta que la defensa del Sr. Silva hace.

Me parece, jurídica y procesalmente, muy mal.

No piensan en la Administración de Justicia: lo hacen en el fantasma del Tribunal Europeo.

Valentín  Cortés