Lunes 23 de Octubre de 2017
Las
soluciones para restaurar el orden constitucional en Cataluña
A la vista de las medidas que el Gobierno
propone que se adopten por el Senado en virtud de la aplicación del art. 155 de
la Constitución en Cataluña, se observa que van dirigidas a controlar la acción
del Gobierno y que, sin embargo, no afectan al Parlamento.
No sé si todo ha sido meditado,
pero sea como fuere se ha optado por una respuesta política y otra jurídica política,
aunque todas con manifestaciones jurídicas.
La
primera: al Gobierno de la Generalidad se le cesa, con lo que el poder
ejecutivo de esa Comunidad queda bajo el control político del Gobierno de la Nación.
La
segunda: al Parlamento no se le disuelve y sus competencias siguen
intactas, con lo que la reacción del Estado frente a los actos del Parlamento será,
como hasta ahora, jurídica: constitucional, mediante los correspondientes
recursos de inconstitucionalidad del Gobierno de la Nación y del propio Gobierno
ex art. 155 de la Generalidad; y procesal penal, mediante las
correspondientes querellas y denuncias del Ministerio Fiscal ante los órganos
judiciales competentes, que anularán las leyes anticonstitucionales.
Todo esto hasta que, tras el tiempo
que se estime conveniente para restaurar el orden constitucional en Cataluña,
que creo no serán los seis meses anunciados, pues de seguro que podrá haber prorrogas,
se disuelva el Parlamento catalán por el Presidente del Gobierno de la Nación y
se convoquen nuevas elecciones.
Como se ve un proceso muy difícil y
muy largo, donde los apoyos no pueden faltar. De donde se comprueba la
importancia de haber adoptado la aplicación del art. 155 en este momento y con
los apoyos que se ha tomado.
Valentín
Cortés