Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 22 de noviembre de 2013


Viernes 22 de Noviembre de 2013

 

Los justicieros mundiales

Hoy la prensa viene alarmada por la crisis que puede abrirse entre España y China a cuento de la orden de detención internacional del ex presidente chino Jiang Zemin y ex primer ministro Li Peng dictada por la Audiencia Nacional por la actitud del Gobierno chino en la represión que se produjo años atrás en el Tibet.

¿Puede un órgano judicial español poner en peligro las relaciones de España con otros países? ¿Y con China, que compra generosamente nuestra deuda?

Desde tiempos del Sr. Garzón nuestros jueces han sido tentados por estas “extravagancias”, dicho sea en el sentido etimológico del término. Y comprendo( ¡como no!) que debe ser importante dictar orden de detención del sr. Peng o del Sr. Zemin

La Ley Orgánica del Poder Judicial (¡ese es el problema!) lo permite en el art. 24.4. Pero le pone la condición de que los responsables vivan en España (parece ser que no es el caso); o que existan víctimas españolas (no constan, según mis noticias); o que exista un vínculo de conexión relevante del delito con España (no existe). Y añade la Ley: "y, en todo caso," que en el país competente (China), no se haya iniciado procedimiento que suponga una investigación o persecución efectiva (que será el caso).

Yo creo que los jueces de la Audiencia Nacional se extralimitan, interpretan mal y extensivamente la ley y no tienen derecho a poner en riesgo las relaciones de España en el exterior, en este caso con una potencia como es China, por muy execrables(como lo son) que sean lo hechos y muy abominables (como igualmente lo son) las autoridades chinas.

Valentín Cortés