Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 24 de junio de 2022

 

Viernes 24 de Junio de 2022

El Consejo General del Poder Judicial como juguete del Poder Ejecutivo

Toda la prensa de esta mañana recoge la noticia de la presentación por el PSOE de una proposición de Ley para modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el sentido opuesto ( aunque parcialmente) a la modificación que sufrió, hace poco mas de un año, restringiendo las facultades de nombramientos del Consejo General del Poder Judicial en su situación de “en funciones”, tal como está ahora: ahora se le devolvería la facultad de nombrar magistrados del Tribunal Constitucional, de acuerdo con el cupo que le está reservado constitucionalmente. Ya sabemos (lo hemos comentado) que la renovación del Tribunal debe hacerse por tercios y que los que ahora debe nombrar el Gobierno están incluidos con los que tiene que nombrar el Consejo en un único tercio; si el Consejo no puede nombrar, no puede nombrar tampoco el Gobierno. "Solución": que el Consejo pueda nombrar a los magistrados del TC y, por consiguiente, modificación de la Ley modificada.

Las intenciones políticas son claras y eso es lo malo; porque da a la modificación de ahora, como a la de antaño, un aire de arbitrariedad (recuerdo que está sometida a interdicción en nuestra Constitución: art. 9) que, no solamente se opone a la Constitución, sino al Derecho de la Unión Europea, que tan sensible está en relación con la manipulación de los órganos jurisdiccionales por el Ejecutivo. Nos podíamos preguntar, para demostrar la arbitrariedad de ambas reformas, la razón de no devolver esas competencias al Consejo en caso, por el ejemplo, de los demás nombramientos en el Tribunal Supremo. La arbitrariedad es tomar decisiones(promulgar leyes) sin razón alguna o por razones turbias o sin que sean reformas razonables, y esta no lo será sino no es que se devuelven todas las competencias al Consejo, aun cuando esté en funciones.

Valentín Cortés