Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 27 de febrero de 2023

 

Lunes 27 de Febrero de 2023

El voto en las mociones de censura

Todo indica que hoy se presentará formalmente en el Congreso la moción de censura de Vox contra el Sr. Sánchez. Sobre la indudable legitimidad constitucional de la presentación de esta moción ya nos pronunciamos en este blog el pasado día 3 de Febrero, por lo que damos aquí por reproducidas aquellas opiniones que expusimos. Ahora la prensa ha cambiado el discurso (que antes se centraba en la idoneidad personal del candidato, Sr. Tamames) y centra la polémica en el sentido del voto del PP y de otros grupos parlamentarios.

Hay que leer con atención los artículos 113 y 114 de la Constitución y asumir que la llamada moción de censura, no sólo implica exigir  la responsabilidad política al Presidente de Gobierno por su actuacion política --y, por consiguiente, forzar su cese constitucional [ a lo que la Constitución denomina  la “presentación de la dimisión del Gobierno al Rey”( art. 114)],-- sino la investidura del candidato incluido en la moción, pues dice la norma citada que éste  se entenderá investido de la confianza de la Cámara a los efectos del art. 99 ( que regula la investidura del candidato propuesto tras la renovación del Congreso y Senado por las elecciones legislativas). La moción, pues, no sólo es “destructiva”, sino que tiene un componente fundamental “constructivo”: no se censura para convocar elecciones, sino para sustituir al Gobierno con su presidente a la cabeza.

Todo esto implica que puede haber grupos parlamentarios que estando de acuerdo en censurar al Presidente del Gobierno, no estén de acuerdo en dar la confianza, a los efectos el art.99 de la Constitución, al candidato y a su programa de Gobierno; de donde, la postura a favor de exigir la responsabilidad política del Presidente no conlleva necesariamente la de otorgar la confianza al candidato. Son los casos típicos de abstención. Todo esto fue conscientemente establecido así por el constituyente para dar estabilidad política a la Nación y evitar situaciones de desgobierno en supuestos políticos concretos, como, por ejemplo, el que estamos sufriendo en este momento.

Valentín Cortés